CASO 1072-21-JP Y ACUMULADOS
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EMITE LA SIGUIENTE SENTENCIA 1072-21-JP/24
ESCLAVITUD MODERNA EN FURUKAWA

Resumen: La Corte revisa y acepta las acciones de protección que un conjunto de personas afectadas planteó en contra de Furukawa Plantaciones del Ecuador C.A. y de varias entidades públicas (Ministerios del Trabajo, Salud, Inclusión Económica y Social, Educación y Gobierno). De los hechos del caso se desprende que, por más de cinco décadas, Furukawa mantuvo en sus haciendas una práctica análoga a la esclavitud conocida como servidumbre de la gleba. Este sistema consistía en aprovecharse de personas en condiciones de extrema vulnerabilidad para que vivan en campamentos dentro de las haciendas y cosechen abacá en beneficio de Furukawa. Los campamentos dentro de las haciendas de Furukawa no tenían luz, agua potable, instalaciones sanitarias básicas ni acceso a servicios de educación y salud. Furukawa utilizaba distintas figuras contractuales en el marco de la servidumbre de la gleba con el fin de dotar de una aparente legalidad a esta práctica y, desde 2011 hasta 2019, utilizó contratos de arrendamiento suscritos con personas en situación de extrema vulnerabilidad. La sentencia declara que Furukawa violó la prohibición de la esclavitud en perjuicio de las y los abacaleros y arrendatarios de sus haciendas, anulando su dignidad humana. Como reparación integral ante los actos de Furukawa, la Corte ordena a la empresa el pago de una reparación económica por daño inmaterial y material, así como disculpas públicas. La sentencia también declara que las entidades públicas accionadas omitieron su deber de adoptar medidas de prevención y protección ante la servidumbre de la gleba. La Corte determina que, previo a 2018, el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud debieron conocer la situación en la que se encontraban las y los abacaleros y arrendatarios y adoptar medidas al respecto y que las medidas adoptadas por las entidades públicas accionadas posterior a 2018 fueron insuficientes. Como reparación integral, la Corte ordena la creación de una política pública interinstitucional dirigida a atender y superar las causas estructurales que favorecieron la servidumbre de la gleba. Además de la política pública interinstitucional, que estará a cargo principalmente del MIES y del Ministerio del Trabajo, la Corte ordena disculpas públicas, reformas legales dirigidas a evitar la impunidad corporativa y eliminar las prácticas análogas a la esclavitud y otras formas precarias de trabajo agrícola existentes en el país, la creación de un documental sobre la servidumbre de la gleba que afectó a abacaleros y arrendatarios y de expresiones artísticas que generen memoria sobre los hechos, la declaración de un día de conmemoración de las víctimas de Furukawa y la difusión de la sentencia.

 

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