La delegación provincial de la Defensoría del Pueblo en Pastaza, interpuso una acción de protección en favor de la ciudadana Mariana Elizabeth Paredes Pérez, quien es una persona con 68 por ciento de discapacidad física, considerada como grave.
La señora Paredes, quien trabajó por más de cinco años para el Registro Civil con sede en el Puyo, bajo la modalidad de contrato de servicios ocasionales, manifiesta que recibió una notificación con fecha 31 de diciembre de 2015, en la cual se le indicaba que debido a la falta de presupuesto no podrán renovarle el contrato de trabajo.
La delegación de Pastaza realiza una acción de protección, en favor de la ciudadana, evidenciando en primera instancia vulneración del derecho al trabajo y también a la salud, pues a través de su trabajo, tiene acceso al seguro social y también a la medicación que debe tomar a causa de su enfermedad.
Cabe resaltar que la Ley Orgánica de Servicio Público establece que el tiempo máximo para que una persona que trabaje bajo la modalidad de servicios ocasionales es de un máximo de doce meses, con la oportunidad de ser renovado por única vez hasta por doce meses más o hasta finalizar el ejercicio fiscal en curso. La misma Ley, señala que las personas con discapacidad gozarán de estabilidad laboral, a fin de salvaguardar su derecho al trabajo, la no discriminación y su desarrollo social.
Una vez acogida la acción de protección por parte de señora Jueza se procede a realizar el fallo a favor de la peticionaria, protegiendo sus derechos fundamentales.