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Se aceptan medidas cautelares solicitadas por Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública y sociedad civil para que se elimine solicitud de pasaporte para ingresar al Ecuador

viernes, 24 agosto 2018, 8:57 pm

Se aceptan medidas

La mañana del viernes 24 de agosto de 2018, la Jueza Judith Naranjo de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia aceptó el pedido de medidas cautelares contra el requisito del pasaporte para ingresar al Ecuador, solicitado por la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública y sociedad civil, pues vulneraba los derechos de la ciudadanía venezolana que quería ingresar al país.

Luego de más de cuatro horas de duración y la exposición tanto de los accionantes como accionados, la Jueza reconoció que el pedido realizado en la solicitud de medidas cautelares tenía lugar, pues el Estado Ecuatoriano ya cuenta con una Ley Orgánica de Movilidad Humana, la cual determina los requisitos para ingresar a territorio ecuatoriano, por tanto no cabía la inclusión de un nuevo requisito.

La Defensora del Pueblo, Gina Benavides durante su intervención recalcó las vulneraciones a los derechos de las personas de nacionalidad venezolana que se habrían presentado, tras la medida emitida por el Ministro del Interior Mauro Toscanini de solicitar pasaportes a toda la ciudadanía venezolana que ingrese al país.

Benavides señaló que en la zona de frontera hay personas de grupos vulnerables que necesitan acceder a sus derechos. Además recordó la obligación del Estado de garantizar el acceso a derechos.

Por su parte, el titular de la Defensoría Pública, Ernesto Pazmiño, conminó a la Jueza a unirse al llamado de más de 200 organizaciones de derechos humanos en el mundo, que han rechazado esta medida, pues se trata de una clara vulneración a derechos.

Además, Pazmiño insistió que el pedido se fundamenta en solicitar únicamente el cumplimiento de la Ley, la cual reconoce la libre circulación y no discriminación.

Finalmente, la Jueza Naranjo, luego de escuchar las intervenciones de todos los involucrados y reconociendo que efectivamente se evidenciaba el incumplimiento de la normativa y además se ponía en riesgo a población, decidió acoger la medida solicitada.

Además, indicó que la duración de estas medidas cautelares era de 45 días. En tanto el gobierno ecuatoriano adecua los mecanismos necesarios para garantizar los derechos de población en situación de movilidad y designó a la Defensoría del Pueblo para que vigile el cumplimiento de esta sentencia.