La Defensoría del Pueblo y la Coordinación Defensorial Zonal 6, en estricto acatamiento de la sentencia emitida el 12 de febrero de 2020, a las 10h59, por el Tribunal de Garantías Penales con sede en el cantón Cuenca, dentro de la acción de protección No. 01904202000004, respetuosos del Estado Constitucional de Derechos y Justicia dentro de ello de las decisiones judiciales, procedemos a dar cumplimiento a la referida sentencia, que se ha dado en primer nivel jurisdiccional y que no se encuentra ejecutoriada, dando las disculpas públicas a la ciudadana Mariela del Rocío Zhingri en calidad de representante legal de su hija, la menor A. A. Z., por la vulneración de los siguientes derechos constitucionales: derecho al desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, derecho a la atención a grupos vulnerables y de atención prioritaria, derecho a la salud y derecho a la igualdad material, contemplados en los artículos 44, 35, 32 y 11 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador.
Dr. Freddy Carrión Intriago |
Abg. María Verónica Aguirre |
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