PRONUNCIAMIENTOS

Pronunciamiento por el Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de Tortura

lunes, 26 junio 2023, 8:30 am

apoyo victimas

Al conmemorarse este 26 de junio, el Día Internacional en apoyo de las Víctimas de la Tortura, establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolución 52/149, de 12 de diciembre de 1997; la Defensoría del Pueblo de Ecuador recuerda el deber que tiene el Estado, en su conjunto, de proteger, respetar y garantizar los derechos de todos y todas.

La Constitución en el numeral 1 del artículo 3 determina que, uno de los deberes primordiales del Estado es “Garantizar sin discriminación el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales (…)” considerando que, el numeral 3 del artículo 11 de la citada norma señala que “Los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.”

Así mismo, la Constitución de la República en el numeral 1 del artículo 11 obliga a las autoridades, en su conjunto, a garantizar los derechos de todos y todas; siendo esta una responsabilidad sine qua non para el Estado ecuatoriano.

El Ecuador es signatario de la Convención contra la Tortura, y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que entró en vigencia el 26 de junio de 1987; así mismo ratificó el Protocolo Facultativo a dicha Convención en el 2010; y posteriormente, incluyó en su legislación penal la figura de la tortura desde el año 2014 en el nuevo Código Orgánico Integral Penal.

En cumplimiento del Protocolo Facultativo, la Defensoría del Pueblo constituyó el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del Ecuador (MNPT) en el año 2011. Con la implementación de este Mecanismo, inició sus visitas a lugares de privación de libertad desde el año 2012, a fin de verificar las condiciones de internamiento para posteriormente elaborar los informes correspondientes que incluyen las recomendaciones respectivas a los organismos estatales competentes de acuerdo con cada una de las problemáticas detectadas.

Por otra parte, con la emisión de la Resolución Defensorial signada 101 – DPE – 2014, de 02 de julio de 2014, que creó la Dirección Nacional de Reparación a Víctimas y Protección Contra la Impunidad (actual Dirección Nacional del Mecanismo de Protección de Personas Desaparecidas y Reparación a Víctimas Documentadas por la Comisión de la Verdad), la Defensoría del Pueblo del Ecuador inició su trabajo, con las víctimas documentadas por la Comisión de la Verdad del año 2010, entre las que se encuentran víctimas de tortura, y también con las instituciones estatales competentes en la implementación de la reparación inmaterial. De esta forma se desarrolló un proceso continuo e inédito de resignificación de los afectados y la memoria histórica.

Sin embargo, a pesar de los avances y esfuerzos que se han generado para erradicar la tortura y los malos tratos, tanto en la legislación y jurisprudencia internacional, como en los ordenamientos normativos nacionales de diversos países, aún queda mucho camino por recorrer para prevenir y evitar el cometimiento de este delito, que es incluso considerado como un crimen de lesa humanidad.

En este contexto, la Defensoría del Pueblo de Ecuador, en el marco de sus competencias y como la institución nacional de derechos humanos, hace un llamado a las entidades competentes a aunar esfuerzos que conlleven a erradicar la comisión de este delito.

Estos esfuerzos deben enfocarse en la prevención de la tortura justamente en los espacios de privación de libertad, como lo establece el estándar internacional de derechos humanos, entendiendo que las personas internadas son las que se encuentran más expuestas a sufrir todo tipo de malos tratos e incluso tortura, dada su condición intrínseca de custodia o sujeción por parte de agentes estatales u otro tipo de autoridad, y su dificultad de acceder a medios exteriores de denuncia o acceso a la justicia.

Es importante que el Estado en su conjunto, cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, y especialmente con las recomendaciones realizadas en el marco de las visitas de funcionarios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y del Subcomité de Prevención contra la Tortura de la ONU.

De igual forma, es necesaria la implementación urgente de acciones eficaces que se orienten a prevenir y controlar todo tipo de violencia en las cárceles, así como a restablecer el control de estas; tales como, separar adecuadamente las diferentes categorías de personas privadas de libertad, en atención a criterios tales como su situación procesal, tipo de delito, edad, género, y vulnerabilidad especial en contexto de encierro; así como, remediar de manera inmediata cualquier situación de alojamiento por encima del número de plazas establecido; para ello, las instancias competentes, deben garantizar la asignación de recursos financieros y humanos para cumplir con su función.

Concibiendo la prevención de la tortura y el apoyo a víctimas de tortura, como el conjunto de acciones que tienen por finalidad consolidar la convivencia pacífica, el respeto a los derechos humanos y la prevención de todo tipo de violencia a través la interacción de actores públicos, privados, con la participación de la ciudadanía.

Siendo evidente la deuda que el Estado ecuatoriano tiene en relación a la prevención de la tortura y otros malos tratos, investigación y reparación a las víctimas de este delito de lesa humanidad, por lo que se conmina al Estado ecuatoriano a redoblar sus esfuerzos para cumplir con esta obligación, cumplir con las recomendaciones emitidas por el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura de la Defensoría del Pueblo y observaciones emitidas por las CIDH, Comité contra la Tortura y el Subcomité para la prevención de la tortura; proceder a la reparación de las víctimas directas e indirectas de esta clase de actos; todo esto con miras a erradicar este tipo de práctica que ponen en detrimento la dignidad, integridad y vida de las personas privadas de libertad.

La Defensoría del Pueblo insta, al Gobierno Nacional, a cumplir de manera urgente, prudente y permanente con acciones, que indiscutiblemente deben observar un enfoque de derechos humanos, que garanticen la vida y la integridad personal de todos/as los/as ciudadanos y habitantes en el territorio nacional; y la asignación de recursos para la reparación integral a víctimas de tortura.

 

Dr. César Córdova Valverde

DEFENSOR DEL PUEBLO DE ECUADOR (E)

 

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