La Defensoría del Pueblo del Ecuador, como Institucion Nacional de Derechos Humanos, ante la afectación generada por la construcción del proyecto Multipropósito Jaime Roldos Aguilera, expresa su preocupación por la situación que enfrentan y han venido enfrentando por más de 30 años, 63 comunidades campesinas organizadas en el Consejo de Pueblos Montubios “Daule-Peripa”, que representan a más de 15.000 personas afectadas.
Esta institución, entre los años 2011 y 2016, verificó que el diseño y ejecución de este proyecto multipropósito no contó con estudios ambientales previos ni licencia ambiental, obtenida recién en el año 2001, cuando la obra inició en 1983. De hecho, los impactos sociales y ambientales se agravaron con la inundación del embalse para lo cual se realizaron expropiaciones de miles de hectáreas vulnerando varios derechos, entre ellos:
1. No se ha realizado el pago de indemnizaciones por expropiaciones en su totalidad.
2. No se cuenta con un programa macro de titularización de tierras para las personas desplazadas, contando únicamente con ciertas adjudicaciones individuales.
3. Se ha demostrado que el agua no es apta para el consumo humano ni para el riego que garantice la soberanía alimentaria, afectando gravemente a la vida digna de las comunidades campesinas afectadas.
4. El suelo donde viven se está erosionando, causando graves impactos ambientales; y,
5. La falta de mantenimiento del embalse ha provocado insalubridad que facilita y produce focos de enfermedades y dificultades para la accesibilidad a sus viviendas.
Ante esto, la Defensoría del Pueblo del Ecuador emitió la Resolución Defensorial No. 07-DPE-DNDCNA-2016 de 10 de noviembre de 2016[1], y Resolución de Revisión No. 023-ADHN-DPE-2017 de 16 de mayo de 2017[2] exhortando a las instituciones del Estado involucradas a que realicen varias acciones en procura de los derechos al ambiente sano, al agua y a la propiedad.
Sin embargo, y pese al seguimiento que se ha hecho al cumplimiento de dichas resoluciones, el Estado ecuatoriano no ha cumplido con sus obligaciones de respeto y garantía de derechos humanos y ha hecho caso omiso en reconocer estas graves vulneraciones a los derechos humanos.
Son décadas en que las personas, familias y comunidades del Consejo de Pueblos Montubios viven en condiciones cada vez más precarias e indignas con graves obstáculos para ejercer el goce de los derechos humanos, sobre todo económicos, sociales y culturales. Tampoco se han activado mecanismos de reparación y de protección frente a los desalojos masivos provocados por este proyecto de desarrollo. Así se ha incumplido la obligación estatal principal cuando estos desalojos suceden.
6. Los desplazamientos forzosos constituyen graves violaciones de una serie de derechos humanos internacionalmente reconocidos, en particular los derechos humanos a una vivienda adecuada, a la alimentación, al agua, a la salud, a la educación, al trabajo, a la seguridad de la persona, a la seguridad de hogar, a la libertad de tratos crueles, inhumanos y degradantes y a la libertad de circulación.
16. Todas las personas, grupos y comunidades tienen derecho al reasentamiento, que incluye el derecho a una tierra distinta mejor o de igual calidad, y una vivienda que debe satisfacer los siguientes criterios de adecuación: facilidad de acceso, asequibilidad, habitabilidad, seguridad de la tenencia, adecuación cultural, adecuación del lugar y acceso a los servicios esenciales, tales como la salud y la educación.[3]
Por esta razón, esta Institución Nacional de Derechos Humanos insta al señor Presidente de la República, Lenin Voltaire Moreno Garcés, en su calidad de Jefe de Estado y de Gobierno y como responsable de la administración pública, a fin de que se reciba en persona al representante de la organización social Consejo de Pueblos Montubios “Daule-Peripa” señor Jimmy Pérez, así como de manera inmediata disponga a los Ministerios correspondientes y demás instituciones del gobierno central a elaborar y ejecutar un Plan de Acción para reparar las graves violaciones a derechos humanos que las personas, familias y comunidades montubias han debido enfrentar por la construcción de este proyecto multipropósito y sus impactos y que han sido verificadas por la Defensoría del Pueblo.
Gina Benavides Llerena
Defensora del Pueblo (e)
[1] http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1516
[2] http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1687
[3] Principios Básicos y Directrices sobre los Desalojos y el Desplazamiento Generados por el Desarrollo. Anexo I del Informe del Relator Especial sobre una vivienda adecuada, como parte del derecho a un nivel de vida adecuado. A/HRC/4/18. Aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas el 5 de febrero de 2007.
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