En el marco de los 10 años de la presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad, la Defensoría del Pueblo, realizó este martes 9 de junio de 2020, el webinar: “Uso excepcional de la fuerza como garantía del respeto a los derechos humanos”, espacio donde se recordó los funestos hechos acontecidos en el país en octubre de 2019 y se analizó el acuerdo 179 del Ministerio de Defensa desde el enfoque de los derechos humanos y la consecuente demanda de inconstitucionalidad presentada por la institución ante la Corte Constitucional.
Para Ramiro Celi Garcés, académico y víctima documentada por la Comisión de la Verdad, el acuerdo ministerial 179 busca entregar a las Fuerzas Armadas una potestad para que utilice la fuerza y así dar paso a posibles abusos por parte del Estado.
Por su lado, Adriana Rodríguez Caguana, docente y coordinadora de los programas de maestría en Derecho Penal y Derechos de la Naturaleza y Justicia Intercultural de la Universidad Andina Simón Bolívar, señaló que, en general, los intereses de los gobiernos no son neutrales y responden a las fuerzas económicas que auspician proyectos políticos y “hoy, con el pretexto de la pandemia, promulgan leyes, decretos y acuerdos que son regresivos a los derechos humanos”, resaltó.
Para el Defensor del Pueblo, Dr. Freddy Carrión Intriago, la emisión del acuerdo ministerial mencionado, intenta limitar el libre ejercicio de la protesta social de las y los ecuatorianos. En ese sentido, señaló que el Estado ha empezado a prohibir, limitar y callar la protesta y la expresión social, para imponer una política distorsionada y regresiva en términos de derechos.
“Presentamos una demanda de inconstitucionalidad en contra del acuerdo ministerial 179, esperamos sentar el precedente propicio en la defensa y protección de derechos constitucionales”, insistió el titular de la institución.
Durante este encuentro de conocimientos, saberes y experiencias, se recordaron las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en Ecuador, documentadas por la Comisión de la Verdad, dejando importantes conclusiones que recayeron en la deuda pendiente que tiene el Estado con las víctimas en estos 10 años. Los y las participantes coincidieron en que cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos, es claramente inconstitucional.