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La Defensoría del Pueblo logra la restitución de derechos de identidad de una niña de la comunidad Awá tras una acción de protección

viernes, 24 enero 2025, 10:35 am

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La delegación provincial de la Defensoría del Pueblo (DPE) en Carchi presentó una demanda de acción de protección en contra de un hospital de Tulcán y el Registro Civil, debido a las vulneraciones de derechos hacia una familia de nacionalidad Awá, cuya hija fue registrada con nombres que no fueron solicitados ni autorizados por su madre y padre.

En la parroquia rural de El Chical (Carchi), la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) ubicó el caso de Andrés T. y María C. de nacionalidad Awá. María dio a luz en la comunidad San Marcos, pero por complicaciones debió ser trasladada al hospital Luis G. Dávila, en Tulcán.

En esta casa de salud, mientras la madre permaneció internada, el padre de la niña solicitó apoyo al personal del hospital para obtener un turno en el Registro Civil e inscribir el nacimiento de su hija; la familia decidió llamarle Atalaya Cheida, sin embargo, personal del hospital se negó bajo el argumento de que es de difícil pronunciación; entonces, los progenitores eligieron el nombre Sisa Mayumi, que significa “flor” en lengua Kichwa, pero la negativa se mantuvo.

Dos funcionarias del hospital acompañaron al padre al registro Civil, en calidad de testigos, conforme los requisitos determinados para la inscripción de nacimientos fuera de establecimientos de salud. En el sitio, el registrador le preguntó cuál era el nombre escogido para la niña, y Andrés T., respondió Sisa, pero inmediatamente la enfermera le interrumpió e indicó que el Registro Civil no estaba autorizado a asentar dicho nombre, aseveración que fue ratificada por el registrador.

Las personas funcionarias de ambas instituciones acordaron asignarle a la niña los nombres Gabriela Elizabeth T. C, equivalentes al primer nombre de cada una de las trabajadoras del hospital.

Con la acción de protección presentada en enero de 2021 por la DPE, se obtuvo una sentencia favorable por parte del Tribunal de Garantías Penales en marzo del mismo año. La sentencia declaró la vulneración de derechos a la identidad personal, igualdad formal, material y no discriminación; a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones; a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, al debido proceso y la seguridad jurídica, entre otros.

Se ordenó dejar sin efecto el registro realizado a la niña y que se haga uno nuevo con los nombres que su padre y madre escojan libre, voluntariamente y de común acuerdo entre ellos.

El pasado 16 de enero de 2025, la Corte Constitucional, en las oficinas de la delegación provincial de Carchi, leyó la sentencia del caso N°1203-21-JP/24 y ratificó la sentencia tanto del Tribunal de Garantías Penales como la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Carchi.

Adicionalmente, la Corte Constitucional seleccionó este caso y estimó necesario desarrollar un alcance sobre el derecho a la identidad individual y colectiva de las niñas y niños pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y la posibilidad de contar con un nombre en su idioma y cultura, así como la obligación de las autoridades de respetar el principio de interculturalidad al momento de registrar el nombre.

El personal involucrado en este caso debe ofrecer disculpas públicas, a través de la máxima autoridad del Registro Civil, Identificación y Cedulación a María C., Andrés T., a su familia y a la comunidad Awá. Dichas disculpas deben realizarse por escrito en idioma castellano y awapit, mediante una publicación de media página, en uno de los diarios de mayor circulación provincial, así como en el portal web de dicha institución por el plazo de treinta días.

La Defensoría del Pueblo ratifica su compromiso de promover y proteger los derechos de todas las personas que habitan el Ecuador, sin discriminación alguna.

Dirección de Comunicación e Imagen Institucional
Defensoría del Pueblo de Ecuador