Cumpliendo el mandato de la Corte Constitucional de Ecuador de redactar, en dos meses, un cuerpo legal que garantice el acceso a la interrupción legal voluntaria del embarazo cuando sea producto de una violación, la Defensoría del Pueblo siguió una hoja de ruta de acercamiento, socialización, sistematización, análisis y redacción de la propuesta de ley, con el apoyo de personas expertas nacionales e internacionales sobre la base de los aportes de organizaciones, colectivos sociales de mujeres, feministas, personas de sexo género diversas, instituciones públicas y la ciudadanía en general.
La propuesta de ley construida por la Institución Nacional de Derechos Humanos se ancla a un catálogo de principios relevantes, como el principio de autonomía en la toma de decisiones, atención integral, buena fe y calidad en la atención a las niñas, mujeres y adolescentes que atraviesen esta situación. La Defensora del Pueblo (s), Zaida Rovira, entregará la mencionada propuesta normativa orgánica este lunes 28 de junio, a las 12h00, a la Asamblea Nacional.
Este proyecto de ley está orientado a reconocer la interrupción voluntaria del embarazo producto de violación como un derecho de las mujeres y las personas con capacidad de gestar, ya que es un cuerpo normativo orgánico. Por lo tanto, cuenta con una sección dedicada a establecer los derechos más específicos y las garantías que existen para las personas gestantes, tomando en cuenta las diferentes vulnerabilidades a las que pueden estar sujetas, además de su condición etaria, discapacidad, situación socioeconómica y de movilidad humana, inclusive, si se encuentran privadas de la libertad.
La ley establece obligaciones claras que refuerzan la prestación de una atención integral, garantizando, en todo momento, el acceso oportuno y eficaz de los servicios de salud y de justicia, estableciendo sinergias entre las instituciones vinculadas a la atención de las víctimas de violencia sexual. También, puntualiza los deberes del personal de salud, e integra las recomendaciones y buenas prácticas para una atención orientada a que las personas gestantes que deseen interrumpir su embarazo no sean sometidas a requisitos legales que podrían implicar obstáculos y barreras de acceso.
Finalmente, se señala que el Estado ecuatoriano tiene la obligación de desplegar todas las acciones que permitan a las niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar, tener una atención médica, legal y psicosocial que aporte a la reparación del daño que se origina cuando existe una violación y un embarazo no deseado. Esto va acompañado de algunas medidas de promoción, que tienen relación con la generación de políticas sociales.
La Defensoría del Pueblo de Ecuador, al entregar esta propuesta normativa, marca un hito histórico para el país, cumpliendo su mandato y el dictamen de la Corte Constitucional, con un cuerpo normativo construido con varias herramientas técnicas, como un cuestionario digital, legislación comparada de otros países, socializaciones presenciales y virtuales con colectivos, gremios, grupos sociales y ciudadanía en el territorio, así como la conformación de mesas técnicas con personas expertas internacionales, para garantizar los derechos de las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes, cuando sean víctimas de violación.