La Defensoría del Pueblo en Napo, en el ámbito de sus competencias y por petición del ciudadano Juan Modesto Sarmiento Loja, lleva adelante la vigilancia al debido proceso dentro del expediente contravencional (No. 15281-2020-00599), seguido por el señor Patricio Espíndola Lara, gobernador de la provincia de Napo, por las críticas vertidas públicamente el 30 de julio de 2020, ante el presunto mal manejo de la pandemia de la Covid_19 en la provincia, opiniones vertidas por el comunicador social a través de su medio de comunicación online Tendencia Digital.
La Defensoría del Pueblo, el 30 de septiembre de 2020, participó en la audiencia de primera instancia en la Unidad Judicial Penal de Tena, en la que se verificó que se cumpla el debido proceso. Las partes, a través de sus abogados defensores, expusieron y evacuaron las pruebas documentales y testimoniales. Debido al extenso y amplio debate se suspendió la audiencia. Con fecha 08 de octubre, la Defensoría del Pueblo acudió a la audiencia, en la cual se emitió la sentencia, en la que se impuso una pena privativa de libertad de 10 días, el pago del 25% de un salario básico básico unificado del trabajador y la emisión de disculpas públicas en el medio de comunicación online Tendencia Digital.
La sentencia fue apelada por el periodista Juan Sarmiento, ante la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Napo. En esta instancia, la Defensoría del Pueblo, siguiendo el caso, acudió a la audiencia del 10 y 12 de noviembre de 2020 en la sala Multicompetente de Napo, en donde se rechazó la apelación y se ratificó la sentencia del juez de primera instancia.
El periodista, con fecha 20 de noviembre, presentó un recurso de aclaración, diligencia en la que la delegación continuará vigilante del cumplimiento del debido proceso, luego del cual emitirá el informe correspondiente en el marco de las competencias institucionales.