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La Defensoría del Pueblo ante regreso a clases en régimen Costa

viernes, 26 abril 2019, 12:24 pm
La Defensoría del Pueblo, dentro de su rol de protección y promoción de los derechos expone a la población importantes consejos para evitar posibles vulneraciones a sus derechos en el inicio del año escolar, para el régimen costa.
El Ministerio de Educación, como Autoridad Educativa Nacional, establece los parámetros generales para el cobro de matrículas y pensiones por parte de los establecimientos educativos particulares,  y cobros  por servicios educativos de los establecimientos fiscomisionales del país, con el fin de transparentar la estructura  y componentes del costo de la educación.
Es obligación de los establecimientos educativos publicar el rango en el  que han sido ubicados, así como el costo de la educación y los valores para pensiones y matrículas, diferenciados por nivel.
El costo total de la lista de útiles escolares, textos impresos o digitales y de los uniformes requeridos por los establecimientos particulares y fiscomisionales no podrán  exceder, en conjunto, al valor equivalente a un salario básico unificado, es decir  394  dólares.
Los establecimientos educativos no podrán direccionar la compra de los útiles escolares, textos impresos o digitales y de los uniformes a ningún proveedor específico, ni venderlos dentro del establecimiento.
El Ministerio de Educación entrega de manera gratuita al sistema de educación fiscal los siguientes recursos: alimentación escolar, textos escolares y uniformes escolares.
En caso de existir cobros excesivos o no autorizados, el Ministerio de Educación pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de presentar su denuncia  con el carácter de confidencial a través de la página web www.educacion.gob.ec, la línea 1800 33 82 22, Direcciones Distritales de Educación y redes sociales; así como también, los canales oficiales de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado, a través de su página  web www.scpm.gob.ec , la línea 159 opción 7 y sus redes sociales.
Recuerde que:
*Está prohibido exigir el pago de cualquier tipo de contribución económica, bono, donación, derechos de exámenes, derechos de grado, aportes u otros valores no autorizados por la Autoridad Educativa Nacional.
*Se prohíbe exigir el pago de mensualidades adelantadas por concepto de pensiones o matriculas;
*El derecho a la educación de las/los estudiantes no debe ser vulnerado por atrasos o falta de pago de matrícula o pensiones por parte  sus representantes legales.