PRONUNCIAMIENTOS

La Defensoría del Pueblo activó nuevamente mecanismos legales para que la EPMAPS repare la deficiente prestación del servicio de agua potable en sectores de Quito

miércoles, 12 agosto 2020, 2:58 pm

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La Defensoría del Pueblo expresa su profunda preocupación ante las denuncias que ha recibido de usuarias y usuarios en contra de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento de Quito – EPMAPS, debido a la frecuente suspensión del suministro de agua potable, principalmente, en las parroquias de Conocoto y La Armenia, así como la mala calidad del agua en Alangasí, en el contexto de la emergencia sanitaria.

Mediante oficio Nro. DPE-DPP-2020-0254-O de 12 de junio de 2020, la delegación en Pichincha de la Defensoría del Pueblo, exhortó a las autoridades de la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento, a observar la garantía de la continuidad del servicio de agua potable para las y los usuarios del sector La Armenia; además, se solicitó que, en el plazo de dos días, se remita un informe en el que se identifique el problema suscitado y se detallen las acciones efectuadas y las que se aplicarán para solucionar los inconvenientes.

Ante la ausencia de una contestación de parte de la EPMAPS, mediante oficio Nro. DPE-DPP-2020-0271-O de 17 de junio de 2020, la Defensoría del Pueblo reiteró:

1. Exhortar a las autoridades de la EPMAPS para que garanticen el acceso permanente y sin interrupciones del suministro de agua potable en los sectores La Armenia y Conocoto, cuya omisión podría incurrir en afectaciones mayores a los derechos de personas usuarias y consumidoras y de acceso al agua, así como a varios derechos humanos transversales, más aún en el contexto de la emergencia sanitaria actual.

2. Solicitar se remita, de manera inmediata, la información requerida en el oficio Nro. DPE-DPP-2020-0254-O de 12 de junio de 2020, adicionando lo concerniente al sector de Conocoto.

Es importante enfatizar que, ante cobros excesivos en las planillas de consumo de agua potable, se le concedió a la Defensoría del Pueblo, el pasado 26 de junio de 2020, las medidas cautelares planteadas, donde el Tribunal de Garantías Penales con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, resolvió:

1.- Declarar la existencia de amenaza de vulneración de los derechos constitucionales contemplados en los artículos 66. 2, 25; y, artículo 314 de la Constitución de la República, así como en tratados y convenios internacionales, en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 25 numeral 1, que establece que: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. En el artículo 12 numeral 1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se reconoce el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental; 2.- Admitir la petición de medidas cautelares presentada por el abogado Roberto Augusto Veloz Navas, en calidad de delegado provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo […]

Y como medida de reparación integral, dispuso:

a) Que la Empresa Pública Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento de Quito, EPMAPS, deje sin efecto las facturas de las y los abonados que han sido sujetas a reclamo y que estén en conocimiento de la empresa; b) que se abstenga de suspender la provisión de agua potable a las usuarias y los usuarios, hasta que se resuelvan los reclamos presentados por las planillas emitidas en los meses de abril, mayo y junio de 2020.

Por lo expuesto, y ante la falta de respuesta y de acciones de la EPMAPS, a fin de brindar soluciones a la población de varias parroquias, la Defensoría del Pueblo activó nuevamente todos los mecanismos constitucionales y legales de su competencia, para que se garanticen los derechos de las y los afectados por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos y, en este caso, la empresa deberá responder por los daños y perjuicios causados.

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Dr. Freddy Carrión Intriago
Defensor del Pueblo de Ecuador

 

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