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Intervención del Defensor del Pueblo (e) César Córdova Valverde durante la sesión solemne por el día de los derechos humanos

viernes, 10 diciembre 2021, 6:52 pm

dpe intervencion defensor

Buenas tardes:

Hoy estamos cerrando un ciclo de activaciones y eventos por los 16 días de activismo por los Derechos Humanos y le doy el más cordial saludo a las y los presentes

Como Institución Nacional de Derechos Humanos consideramos que este es un día trascendental para reafirmar lo que la Declaración Universal de los Derechos Humanos[1] señala en su primer artículo: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

El Día de los Derechos Humanos debe ser una conmemoración y reivindicación permanente y no sólo cada 10 de diciembre.

Todos los días deben unirnos por los mismos objetivos como los del año 1948 cuando se adoptó desde la Asamblea General de las Naciones Unidas la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La historia de Ecuador refleja grandes momentos donde defensoras y defensores de los derechos humanos alzaron su voz por los principios de igualdad y no discriminación. Incluso mucho antes de que exista un instrumento internacional como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

No puede existir una visión de élite de la ciudadanía, porque no tenemos ciudadanos de primera o segunda categoría, si hacemos un comparativo del concepto utilizado en la antigüedad para diferenciar entre quienes eran parte o no de una comunidad política (los ciudadanos) y de aquellos que no podían ejercer derechos civiles y políticos. Por eso -y pongo un ejemplo en Grecia antigua-, ¿quiénes eran ciudadanos? Pues los varones libres con determinada riqueza y que habían nacido o se habían naturalizado en la polis.[2]

¡Y claro! Luego tuvimos una visión moderna de la ciudadanía -como igualmente analiza Faro Democrático de la UNAM- donde en la Revolución francesa se concretó en 1789 la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Ahí existió el reconocimiento sobre los derechos de los hombres como naturales, inalienables y sagrados, naciendo libres e iguales.

Sin embargo, se hablaba de “varones” y por eso posteriormente Olympe de Gouges -quien más tarde fue guillotinada- reclamó este derecho fundamental para la incorporación de la mujer a la ciudadanía a partir de la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana en 1791.[3]

Ecuador tampoco fue la excepción y en la Primera Constitución de 1830, ¿qué señalaba el artículo 12 referente a los derechos de ciudadanía y quién podía ser ciudadano? Les comento:[4]

Uno: Ser casado, o mayor de veintidós años.

Dos: Tener una propiedad raíz, valor libre de 300 pesos, o ejercer alguna profesión, o industria útil, sin sujeción a otro, como sirviente doméstico, o jornalero.

Tres: Saber leer y escribir.

Y, ¿cómo se perdían los derechos de la ciudadanía?

Por entrar al servicio de una nación enemiga, por naturalizarse en país extranjero, y por sentencia infamante. Y se suspenden, por deber a los fondos públicos en plazo cumplido; por causa criminal pendiente; por interdicción judicial: por ser vago declarado, ebrio de costumbre, o deudor fallido; y por enajenación mental.[5]

La realidad actualmente es muy diferente. Hoy existen instrumentos internacionales, así como un marco normativo constitucional y legal que garantiza que todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Por eso tenemos en Ecuador a Dolores Veintimilla de Galindo quien realizó a través de diversas publicaciones lo que se conoce como los alegatos tempranos de derechos humanos. Por ejemplo, sus planteamientos en la necrología escrita a raíz de la ejecución de indígena Tiburcio Lucero -que ajusticiaron el 20 de abril de 1857 en Cuenca-.[6]

También tenemos a Manuela Cañizares, cuyo rol fue trascedental en la gesta independista; así como Manuela Sáenz; la precursora del sufragio femenino: Matilde Hidalgo Navarro; las defensoras de los derechos humanos de los pueblos y nacionalidades como Tránsito Amaguaña y Dolores Cacuango.

A esto, le sumamos también la importancia de los derechos laborales, de las voces de la indignación cuando recordamos desde Guayaquil la masacre del 15 de noviembre de 1922 y hacemos referencia la masacre de Aztra el 18 de octubre de 1977.

No olvidemos que a partir de la Revolución Juliana existió -de forma progresiva- la conquista de principales derechos como como el salario mínimo, la jornada máxima, los descansos, el contrato individual y colectivo, así como la seguridad social e indemnizaciones.[7]

Con estos momentos de la historia universal y de Ecuador, sabemos que a ningún defensor o defensora de los derechos humanos las circunstancias han sido favorables, precisamente porque cada hito ha sido una conquista y no una dádiva.

Nos comprometemos a trabajar en función de lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales donde los Estados se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.[8]

En nuestro país, más que un mandato constitucional es una responsabilidad ética cumplir con el deber de denunciar y activar todos los mecanismos para que nadie sea discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente.[9]

Hoy más que nunca -desde la ciudad donde he desarrollado gran parte de mi vida profesional- me comprometo a continuar liderando una institución que no duda cuando de garantía de derechos humanos se trata.

La Defensoría del Pueblo es la institución que garantiza los derechos humanos de quienes viven en nuestro país y también de la naturaleza. Y digo garantiza, porque precisamente los derechos humanos no se negocian, no se consultan ni se pide permiso para que sean defendidos.

Por eso, quisiera concluir con una frase de Mama Tránsito Amaguaña: “Yo he viajado, he caminado por todos los lugares, pero jamás he negociado con la sangre de mis hermanos”.

 

MUCHAS GRACIAS

[1]Fuente: Declaración Universal de los Derechos Humanos. Disponible en la URL: https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf

[2] Fuente: Concepto de ciudadanía analizado en Faro Democrático. ¿Qué es ser ciudadano y qué es ser ciudadana? Ciudadanía y Participación. UNAM.

[3] Fuente: de Gouges, Olympe. «Aproximación al concepto de ciudadanía europea desde la perspectiva de género: El presupuesto político de la transversalidad.» Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades 16 (2006): 134-166.

[4] Fuente: Constitución de Ecuador 1830. Disponible en la URL: https://www.cancilleria.gob.ec/wpcontent/uploads/2013/06/constitucion_1830.pdf (artículo 12).

[5] Ibídem. Artículo 13.

[6] Fuente: Goetschel, Ana María. Orígenes del feminismo en el Ecuador. FLACSO, 2006.

[7] Fuente: Paz y Miño Cepeda J. «Trabajadores y movimiento obrero. Elementos históricos para una economía política sobre el trabajo en Ecuador.» Historia y Economía, junio/julio (2016): 1-24.

[8] Fuente: Art. 2 Num. 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -Entrada en vigor: 3 de enero de 1976.

[9] Fuente: Art. 11 Num. 2 de la Constitución de la República de Ecuador – 2008.