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Hurtado: “Se debe garantizar el debido proceso e igualdad en derecho a la defensa en la acción de protección interpuesta en favor de comunidad indígena de Cascomi”.

miércoles, 8 agosto 2018, 4:23 pm

La Defensoría del Pueblo, la Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi), la Fundación Regional de Asesoría en Derechos (Inredh) y la Red Eclesial Panamazónica (Repam) dieron una declaración conjunta sobre el dictamen del juez Carlos Alfonso Dávila Ortega, quien ordenó -de forma inmediata- que la compañía Ecuacorriente S.A. (Ecsa), encargada de ejecutar el proyecto minero ‘Mirador’, ubicado en la localidad de Tundayme (Zamora Chinchipe), suspenda cualquier acto de desalojo previsto y se abstenga de realizar acciones intimidatorias en contra de los miembros de la comunidad.

En ese sentido, Luis Sánchez, miembro de la comunidad indígena de Cascomi, señaló que “es muy indignante que mientras se está llevando un proceso de acción de protección y haya resolución de juez, la empresa minera trasnacional se encuentre hostigando a la gente y, sobre todo, impidiendo la libre circulación en el territorio. Esta es mi denuncia para que las autoridades controlen y tomen cartas en ésta situación que vulnera nuestros derechos”.

William Uyaguari, habitante de Cascomi, relató cómo son permanentemente hostigados él y sus hermanos, por los miembros de la empresa china, que han causado la separación de las familias de quienes viven en dicha zona, porque quieren sacarlos de sus territorios ancestrales. “Siempre nos están persiguiendo y quiero que esto se visibilice, ya que los chinos de esta empresa lo único que buscan es separar a nuestras familias”, acotó.

La abogada de Inredh que patrocina la acción de protección para la comunidad indígena, Gabriela Flores, subrayó que junto con Repam presentaron dicha acción en enero para proteger y salvaguardar derechos, y exigir la reparación frente a todas las afectaciones de las que han sido víctimas la comunidad de Cascomi. “La Corte Provincial de Pichincha aceptó el pedido y ordenó al juez de primera instancia que sustancie la causa. Nos encontramos a la espera de la resolución de la acción presentada en tutela de los derechos de las comuneros de dicha localidad en la amazonía ecuatoriana”, puntualizó.

Francisco Hurtado, Adjunto de DDHH y la Naturaleza, indicó que en el presente caso, la Institución Nacional de Derechos Humanos del Ecuador presentó un “amicus curiae” a favor de la comunidad Cascomi “porque reconocemos las medidas cautelares que se han emitido, que tienen como efecto suspender cualquier acto que pueda realizar Ecsa”. Además, denunció que “la empresa china encargada del proyecto minero ‘Mirador’ envió dos correos con intentos de reunión tanto con él como con el Director General Tutelar de la Defensoría del Pueblo. Este hecho vamos a notificar al juez que lleva la causa”.

Finalmente, el representante de la Defensoría del Pueblo enfatizó que “la acción de protección constituye la instancia más efectiva para discutir lo que ocurrió con la comunidad de Cascomi, a raíz de la instalación del proyecto extractivo ‘Mirador’, por lo que es necesario que la justicia actúe de manera inmediata, se agilite el proceso y se reconozca un derecho que es muy significativo y que está en juego: el derecho colectivo a la autodeterminación de dicha comunidad”.

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