La Defensoría del Pueblo del Ecuador en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos y de la Naturaleza en coordinación con organizaciones de la sociedad civil, defensores de derechos humanos y de la naturaleza y comunidades indígenas, han realizado acciones para proteger y prevenir vulneraciones a derechos humanos y de la naturaleza por el desarrollo de actividades mineras ilegales en la provincia de Napo.
Las personas se han visto afectadas por la extracción ilegal de material minero, esta situación vulnera el derecho humano al ambiente sano, al agua, a la salud, a la recreación, a los derechos de pueblos y nacionalidades indígenas, y se ha tornado sistemática, generalizada y de relevancia provincial.
La naturaleza es titular de derechos, reconocida por la Constitución de la República, en este sentido es un deber del Estado, la protección y promoción de sus derechos, al respeto integral de su existencia y a la restauración, cabe señalar que a nivel jurisdiccional se cuenta con la sentencia de acción de protección signada con el número 15571-2021-00685, emitida por la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Napo, a favor de los derechos de la naturaleza, incluso la Defensoría del Pueblo del Ecuador solicitó a la Corte Constitucional la selección de la referida sentencia.
Preocupa de manera especial a la Defensoría que, pese a existir una sentencia en firme, las instituciones de regulación y control del Estado en materia ambiental y minera no han ejercido con estricto cumplimiento a la disposición judicial, adicionalmente, la comunidad ha informado que existen nuevos frentes de explotación ilegal minera que afectan al agua, suelo, flora, fauna, ecosistemas y a las personas.
Con estos antecedentes en mi calidad de Defensor del Pueblo del Ecuador:
EXHORTO
Al señor Presidente de la República del Ecuador, realice las gestiones necesarias a fin de que la provincia de Napo sea declarada en emergencia ambiental y sanitaria por los altos niveles contaminación de agua y suelo, afectación a flora, fauna y ecosistemas, debido al desarrollo de actividades mineras ilegales, falta de eliminación de pasivos ambientales, falta de restauración de ecosistemas, disminución y pérdida de servicios ecosistémicos y el riesgo a la salud de las personas, derivadas de la vulneración de derechos humanos y de la naturaleza.
Al señor Ministro de Energía y Minas se abstenga de otorgar concesiones mineras en la provincia de Napo, en los casos donde se verifique la vulneración del derecho reconocido en la Constitución de la República del Ecuador.
Al señor Ministro de Ambiente Agua y Transición Ecológica, se abstenga de otorgar licencias de operación minera en la provincia de Napo, en los casos donde se verifique la vulneración del derecho.
Al señor Ministro de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, al señor Ministro de Energía y Minas y al señor Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, den cumplimiento de forma íntegra e inmediata a la sentencia de Acción de Protección No. 15571-2021-00685.
Al señor Ministro de Salud, realice una intervención en el ámbito de sus competencias y determine el riesgo y la afectación a la salud de las personas de la provincia de Napo, por el consumo de agua y alimentos contaminados por metales pesados en el contexto del desarrollo de actividades mineras ilegales en la provincia de Napo.
A la Fiscalía General del Estado en conjunto con la Policía Nacional y Fuerzas Armadas, realicen operativos continuos y permanentes a fin de desarticular las bandas delictivas que se encuentran operando en los frentes mineros ilegales de la provincia de Napo y que se encuentran vulnerando derechos humanos y de la naturaleza.
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