La Defensoría del Pueblo de Ecuador solicitó al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas que revise las actuaciones del Estado ecuatoriano y el procedimiento aplicado en el caso de Marcia Trujillo, una mujer, adulta mayor que quiso acceder a su jubilación, pero el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) no le permitió.
La Institución Nacional de Derechos Humanos solicitó que se analice la actuación de los funcionarios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, respecto a la negación de la pensión por jubilación especial reducida vigente a la época. Además, pidió que se declare la vulneración de los derechos a la seguridad social, a la seguridad jurídica, a la vida digna y a la salud de la ciudadana, los cuales se han visto afectados al no haberse concedido la pensión de “Jubilación Especial Reducida” por parte los funcionarios del IESS.
En 2003, el IESS negó la petición de jubilación especial efectuada por Marcia Trujillo, pues según los representantes del IESS, no reunía los requisitos exigidos en la normativa legal vigente. La afiliada tenía 49 años de edad y registraba 238 imposiciones, cuando debía acreditar un mínimo de 300 para ser beneficiaria de esa prestación. Por lo tanto, cumplía con el requisito de edad, pero no con el número mínimo de cotizaciones requeridas. Esto se debe a que en 2002, la Comisión de Prestaciones del IESS Regional 1, estableció que la ciudadana, en calidad de afiliada voluntaria al IESS, no canceló sus aportaciones mensuales desde agosto de 1989 a marzo de 1990, es decir, ocho meses consecutivos.
Por esta razón, su continuación voluntaria finalizó y sus aportaciones posteriores dentro de ese régimen de afiliación voluntaria, se declararon indebidas. Esta negativa tuvo como fecha el 20 de junio de 2003 y la notificación a la peticionaria, se realizó en 2007, es decir cinco años después; por lo que no hubo una actuación oportuna de las autoridades del IESS en el presente caso.
Marcia Trujillo presentó el recurso de apelación de esta negativa en el tiempo previsto en la normativa jurídica vigente para el efecto, pero la Comisión Nacional de Apelaciones del IESS negó este recurso. Asimismo acudió al Tribunal Contencioso Administrativo, y, posteriormente, a la Corte Nacional de Justicia, para presentar su demanda, pero ningún órgano dio trámite a su petición.
Es así que la Defensoría del Pueblo, el 17 de julio de 2015, resolvió presentar una petición y llevar el caso hasta el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, pues en el país se le agotaron las instancias, y lo más importante no se reconoció la vulneración a sus derechos. Por lo que fue necesario buscar protección en el ámbito internacional.
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en respuesta al pedido realizado por la Defensoría del Pueblo, recomienda al Estado ecuatoriano que conceda las prestaciones que le corresponden a la ciudadana como parte de su derecho a la jubilación. Además de conceder a la peticionaria una indemnización por las violaciones sufridas por el periodo en el que se le negó su derecho a la seguridad social, así como cualquier otro daño relacionado con estas violaciones. Por otro lado, deberá reembolsar a la afectada los costos legales que se generaron por la tramitación.
Finalmente el Estado ecuatoriano, tendrá que responder en un plazo de seis meses, ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, las medidas tomadas para hacer efectivas dichas recomendaciones, y así reparar el daño causado a la peticionaria. Además de publicar el dictamen tomado por el Comité, con el objetivo de proteger los derechos de la afectada.
Revise el dictamen completo del Comité AQUÍ