Luz C., ciudadana de nacionalidad colombiana que se encuentra en el país con estatus de refugio presentó ante la Defensoría del Pueblo de Ecuador, una queja en contra del Ministerio de Salud para que su hija pueda obtener el carné de discapacidad.
La peticionaria había solicitado por reiteradas ocasiones la evaluación correspondiente por parte del Ministerio de Salud a su hija, quien es una persona con discapacidad intelectual y física para que pueda obtener el carné que la sitúe dentro de este grupo de atención prioritario, sin embargo no obtuvo resultado.
La Delegación Provincial de Esmeraldas admitió de manera inmediata el caso notificando a la oficina del Ministerio de Salud. Sin embargo el Distrito de Salud, alegó que es requisito indispensable la cédula de ciudadanía o pasaporte como documento habilitante para realizar la gestión correspondiente tanto en dicha dependencia como en el Registro Civil.
Por tal razón, se realizó una insistencia al Distrito de Salud recordando la obligación que tienen de garantizar la accesibilidad a derechos de la peticionaria y de su hija.
Al no tener respuesta alguna, se emitió una providencia de seguimiento, a través de la cual se solicitó al Distrito de Salud información sobre las gestiones realizadas para dar cumplimiento a lo solicitado por la ciudadana, pero tampoco hubo contestación por parte de esta entidad.
La Delegación Provincial, aperturó un nuevo expediente para presentar una acción de protección, la misma que fue aceptada por el tribunal de garantías penales; cuya sentencia dispuso al Ministerio de Salud adaptar en su sistema un espacio que permita registrar los datos de cualquier ciudadano que se encontrara en situación de refugio en el país y así pueda acceder de igual manera a este servicio.
Douglas Quintero, Delegado Provincial de la Defensoría del Pueblo en Esmeraldas, señaló que con esta acción se sienta un precedente de incidencia nacional a favor de la protección de los derechos fundamentales de personas con discapacidad que se encuentren en situación de movilidad.
De esta manera se protegieron los derechos de ambas mujeres y se pudo continuar con el trámite correspondiente para que la hija de la peticionaria pueda obtener su carné de discapacidad, el mismo que ya fue entregado.