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En este inicio a clases en la región Costa y Galápagos, los derechos de los consumidores son una prioridad

miércoles, 18 abril 2018, 6:14 pm

La Defensoría del Pueblo, dentro de su rol para la protección de los derechos de las personas consumidoras pone a disposición de la población, información importante para evitar posibles vulneraciones de sus derechos ante el inicio del año escolar, para el Régimen Costa y Galápagos.

Los costos de matrículas y pensiones de los establecimientos educativos privados están regulados a través de parámetros por el Ministerio de Educación. Así también de los servicios educativos en los centros fiscomisionales del país.

Es obligación de los establecimientos educativos publicar el rango en el que han sido ubicados, así como el costo de la educación y los valores para pensiones y matrículas, diferenciados por nivel.

El costo total de la lista de útiles escolares, textos impresos o digitales y de los uniformes requeridos por los establecimientos particulares y fiscomisionales no podrá sobrepasar al valor equivalente a un salario básico unificado, es decir USD 386.

En los centros educativos fiscales, el Ministerio de Educación provee de alimentación, textos y uniformes para los estudiantes.

En caso de existir alguna queja, el Ministerio de Educación pone a disposición de la ciudadanía la posibilidad de presentar su denuncia con el carácter de confidencial a través de los siguientes contactos:

  • Direcciones Distritales de Educación
  • Línea gratuita 1800-338222
  • Plataforma del Ministerio de Educación http://www.educarecuador.gob.ec
  • Link info@educacion.gob.ec
  • Redes Sociales: Facebook: Ministerio Educación Ecuador ; y Twitter: @Educacion_Ec

Recuerda que está prohibido:

  • Exigir el pago de cualquier tipo de contribución económica, bono, donación, derechos de exámenes, derechos de grado, aportes a fundaciones o aportes a sociedades de capital en la figura de acciones, u otros valores no autorizados por la Autoridad Educativa Nacional. 
  • Exigir el pago de mensualidades adelantadas por concepto de pensiones o matrículas, así como obrar valores adicionales por estudiantes en atención a sus necesidades educativas especiales.
  • Exigir a los estudiantes materiales que servirán o serán destinados únicamente para la administración de la institución educativa y no para su desarrollo o actividades pedagógicas. 
  • Comercializar o permitir la comercialización de textos, útiles escolares, uniformes y otros bienes al interior del establecimiento o direccionar su venta hacia un proveedor específico.
  • El derecho a la educación de las/los estudiantes no debe ser vulnerado por atraso o falta de pago de matrícula o pensiones por parte de sus representantes legales.

En caso de que tenga algún tipo de reclamo por alguna vulneración a su derecho como persona consumidora o requiere mayor información, puede acudir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo o escribir al correo: consumidores@dpe.gob.ec