La Defensoría del Pueblo remitió, este 7 de mayo de 2020, un dictamen al Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias (SNGRE), a través del cual dispone a la institución pública la aplicación de correctivos necesarios en su portal web ante la ambigüedad del manejo y difusión de la información pública del COE nacional. Si los cambios solicitados no fueran efectuados en el término de 8 días, la Directora General sería destituida.
El dictamen se emite en el marco a las atribuciones otorgadas a la Institución Nacional de Derechos Humanos en los artículos 11 y 13 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) y a lo establecido en el artículo 7 de su Reglamento General,
con el objetivo de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y precautelar que las instituciones del sector público, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, publiquen y difundan información de calidad, veraz, oportuna y contextualizada.
“El acceso a la información pública es un derecho que permite el control social de los gobiernos, facilita el respeto del ordenamiento jurídico, ayuda a la disminución de la corrupción y opacidad de la administración pública; y, hace más eficiente la gestión gubernamental, a través de una participación ciudadana activa que vela por el uso más eficiente de los recursos”, enfatizó el Defensor del Pueblo, Dr. Freddy Carrión Intriago.
La disposición efectuada por la Defensoría del Pueblo detalla los lineamientos y recomendaciones a ser aplicadas en la modificación de la sección correspondiente al COE nacional en el portal institucional del SNGRE (www.gestionderiesgos.gob.ec), y de la página www.coronavirusecuador.com.
En concreto, se solicita publicar información relacionada a inscripciones de defunciones registradas, a escala nacional, y la muerte clasificada por Covid-19 y otras causas; además, una sección donde conste la información sobre los procesos de contratación pública que gestiona directamente el COE nacional y sus integrantes en el marco de la emergencia y el estado de excepción. Se pide, también, garantizar la protección de la privacidad y datos personales de la ciudadanía, asegurando que cualquier seguimiento digital usado durante la emergencia para dar atención a los casos positivos de COVID-19, sea una medida temporal y supervisada constantemente, permitiendo una completa transparencia del uso dado a los datos recolectados; y, que tanto el COE nacional como todas las entidades de la Función Ejecutiva sujetas a la LOTAIP que actúan en el marco de la emergencia, atiendan en forma oportuna y prioritaria todos los pedidos de acceso a la información realizadas por la ciudadanía en torno a la pandemia.
“El estado de excepción no puede constituir una excusa para limitar los derechos y libertades de las y los ciudadanos, por lo que la gestión de la transparencia y el acceso a la información durante la crisis sanitaria que atravesamos, debe ser uno de los criterios más importantes del accionar del Gobierno y el COE nacional”, recalcó el Dr. Freddy Carrión Intriago.
Revise el Oficio Nro. DPE-DDP-2020-0231-O a continuación.