La Defensoría del Pueblo a través de la Delegación Provincial de Pichincha tuteló los derechos al debido proceso y a la seguridad jurídica de una teniente del ejército ecuatoriano, a quien la Universidad de las Fuerzas Armadas (Espe) inició un proceso disciplinario por un presunto fraude académico sin los debidos argumentos.
La peticionaria aseguró que por este proceso disciplinario se ha visto afectada de manera grave su salud y su estado psicológico, incluso tuvo un aborto natural por el estrés de la situación.
Luego de analizada la documentación presentada por la ciudadana se procedió a la apertura de la correspondiente investigación defensorial, que concluyó con una resolución en la que se determinó una acción inadecuada por parte del establecimiento de educación superior.
Por esta razón se exhortó a la Dirección de Talento Humano de la Fuerza Terrestre deje sin efecto estas acusaciones y no sean registradas en la hoja de vida militar.
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Una persona adulta mayor acude a la Defensoría del Pueblo a través de la Delegación de Napo, para denunciar que mediante engaños le vendieron una cocina de inducción, que no puede pagar y que además no cuenta con las conexiones adecuadas para su funcionamiento.
Al conocer el caso se inició de inmediato una gestión oficiosa para tutelar los derechos de esta persona perteneciente a uno de los grupos de atención prioritaria.
Como parte del proceso se llamó a una audiencia pública a ICESA S.A, como empresa proveedora y a la peticionaria, en la que se acordó la devolución de la cocina de inducción.
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La Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo por medio de una gestión oficiosa tuteló los derechos de una persona a un ambiente adecuado, debido a que el sistema de aguas servidas de la casa colindante colapsó afectando a su domicilio.
La peticionaria señaló que en 2005 existió un deslizamiento de muro y talud que causó afectación al inmueble, por lo que acudió al departamento de Control Urbano del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad de Ambato, sin recibir una respuesta oportuna, puesto que lamentablemente una de las tuberías se encontraba en la propiedad de una vecina.
Tras esta situación la Defensoría del Pueblo intervino, logrando que el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipalidad de Ambato, por medio del Departamento de Control Urbano y Gestión Ambiental y la Unidad de Gestión de Riesgos del Consejo Municipal de Seguridad Ciudadana Ambato, atienda la petición.
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La Delegación Provincial de Cotopaxi tuteló el derecho de consumidor de una persona, quien adquirió un paquete de servicios vacacionales, sin recibir una información clara y oportuna del costo de suscripción.
El peticionario suscribió un contrato con la empresa vacacional por la suma de USD 10 000, de los cuales se cancelaron USD 3 500, pero al notar que se trató de publicidad engañosa (que la suscripción no era todo incluido como le dijeron sino únicamente el hospedaje) presentó una queja solicitando la devolución del dinero.
La respuesta de la empresa por concepto de terminación anticipada del contrato quería cobrar una penalización pero gracias a la intervención defensorial se devolvió el dinero cobrado excluyendo costos de penalización.
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La Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo mediante una investigación defensorial gestionó con la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación el matrimonio de una ecuatoriana con su novio de nacionalidad cubana, a quienes se les negó este derecho por no tener visa.
La ciudadana ecuatoriana solicitó la intervención defensorial a fin de que las autoridades del Registro Civil cumplan con el derecho de contraer matrimonio mediante Poder Especial. La peticionaria aseguró contar con todos los documentos para la legalización, los mismos que están descritos en la Resolución Ministerial 0425 del Ministerio del Interior.
Ante una posible vulneración a los derechos a la seguridad jurídica, a formar una familia y acceder a un servicio público de óptima calidad, derechos reconocidos y garantizados en la Constitución e Instrumentos Internacionales de derechos humanos, la Defensoría del Pueblo a través de providencia dispuso notificar al Representante de la Zonal 8 de la Dirección General del Registro Civil, mismo que aceptó la exhortación en la que se solicitaba no exigir como requisito para el matrimonio la presentación de visa.
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La Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo protegió el derecho de consumidor de un ciudadano, quien adquirió un vehículo marca KIA en Asiauto S.A., que no se entregó en el tiempo establecido.
En principio, la concesionaria no contaban con el vehículo y cuando este llegó tenía un daño bastante notorio en la pintura, por tal motivo el peticionario no quiso aceptarlo hasta que lo arreglen. Sin embargo, ya había pagado la matrícula, el seguro y cuatro cuotas del crédito que obtuvo por la adquisición del carro.
Una vez que la Coordinación Zonal 9 tuvo conocimiento de este caso, convocó a una audiencia pública a fin de llegar a un acuerdo que permita solucionar el problema del peticionario y tutelar los derechos del consumidor de acceder a bienes y servicios de calidad.
En la audiencia, la concesionaria se comprometió a entregar el vehículo en perfectas condiciones y a satisfacción del usuario. Además, le dieron una carta de garantía de pintura de por vida; USD 2 000 dólares en mantenimiento del vehículo en una nota de crédito; el pago proporcional de la matrícula cancelada el año anterior (2017); un valor de hasta USD 1 000 en la matrícula 2018; el reembolso por el valor proporcional de los cuatro meses del seguro del vehículo que ya había sido cancelado por el peticionario y el pago de los honorarios del abogado contratado por el peticionario.