CASOS EMBLEMÁTICOS

Defensoría en Acción – 15 de febrero de 2018

jueves, 15 febrero 2018, 8:40 am

La Defensoría del Pueblo de Ecuador tuteló los derechos de consumidora de una persona, logrando que se le devuelva el valor de USD 172,50 por concepto de la instalación de un motor nuevo en su lavadora, servicio que no se realizó de manera óptima.

La peticionaria mencionó que dejó su lavadora en un local de servicio técnico para que cambien el motor y realicen mantenimiento por el valor de USD 225,00. Lamentablemente el servicio no se brindó de manera oportuna, ni adecuada; motivo por el cual la persona acude a la Delegación Provincial de Pichincha de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

Tras conocer el caso se inicia un sumario de consumidores, dentro de cual se convoca a una audiencia pública a las partes, con el fin de llegar a un acuerdo. Efectivamente luego de la reunión mantenida se convino la devolución de USD 172,50, garantizando los derechos de la peticionaria.

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La Defensoría del Pueblo de Ecuador a través de una acción de protección logró que tres personas de nacionalidad haitiana obtengan la visa ecuatoriana de residencia permanente, documento que les fue negado en primera instancia por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, alegando la falta de un requisito: demostrar medios de vida lícitos.

Los peticionarios/as acudieron a la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo para solicitar la intervención institucional, pues si no resolvían pronto su situación migratoria corrían el riesgo de ser deportados, dejando a sus hijos (ciudadanos/as ecuatorianos/as), en indefensión.

Es así, que funcionarios/as de la Institución Nacional de Derechos Humanos acudieron a las instalaciones de esta cartera de Estado, a fin de identificar si estas personas cumplían con los requisitos estipulados.

En el lugar se indicó que el motivo del rechazo de la solicitud es que los/as peticionarios/as no demostraron tener un ingreso formal, igual o superior a un salario básico unificado; bajo la lógica de que esto justificaba el  requisito de medios de vida lícitos, como lo señala el Art. 64 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento.

Con este argumento, el 25 de enero de 2018 se niega verbalmente las solicitudes de visa de residencia permanente de este grupo de ciudadanos/as haitianos, vulnerando sus derechos a la petición, a las garantías del debido proceso y sobre todo a la no discriminación. Asimismo, se deja de lado el interés superior de los/as hijos/as ecuatorianos/as de estas personas en situación de movilidad humana.

Frente a este contexto, la Defensoría del Pueblo presentó una acción de protección, cuya audiencia pública se realizó el 1 de febrero de 2018, en el Complejo Judicial Sur Quitumbe, y en la que la jueza constitucional que conoció la causa declaró la vulneración del derecho de petición y ordenó se reciba la solicitud de los/as peticionarios/as.

El argumento principal de la garantía jurisdiccional se basó en que el rechazo verbal de la solicitud configuró una vulneración al derecho de petición y a las garantías propias del debido proceso.

Otro aspecto que se resaltó en la audiencia es que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana impuso un requisito discriminatorio por la condición económica, pues supeditó el ejercicio del derecho migratorio a la ostentación de una posición económica, solicitando la demostración de ingresos proveniente de una relación laboral bajo dependencia y discriminando a las personas trabajadoras autónomas.

Finalmente, durante la audiencia se dejó sentada una directriz, con el objetivo de que en lo posterior no se solicite la demostración exclusiva de un salario básico unificado, sino que se flexibilicen las opciones de demostración de los medios de vida lícitos.

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La Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo mediante una gestión oficiosa logró que la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) entregue la licencia de conducir a una persona en situación de movilidad humana.

El ciudadano de nacionalidad colombiana acude a la Institución Nacional de Derechos Humanos para solicitar la intervención en un trámite de canje de licencia que inició en la ANT de la ciudad de Ambato y que pese a presentar toda la documentación y los pagos pertinentes no resuelven su pedido.

Por esta razón, la Defensoría del Pueblo coordinó una reunión con funcionarios/as de la ANT a quienes se informó de los derechos del ciudadano de acceder a un servicio público con calidad, calidez y eficiente como lo menciona el artículo 66 numeral 25 de la Constitución de la República del Ecuador.

Tras la intervención defensorial, la ANT agilitó el proceso y entregó la licencia de conducir categoría tipo C, con fecha de expedición 11-01-2018 y de caducidad 12-09-2023.

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La Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo tuteló los derechos de la naturaleza, tras la irrupción arbitraria de maquinaria del Gobierno Autónomo Descentralizado  Parroquial de San Juan de Pastocalle en el predio de una ciudadana, destruyendo  plantas y especies nativas sembradas que formaban parte del cerramiento.

La peticionaria indicó que sin autorización alguna y sin planificación de ampliación de vías, maquinaria municipal ingresó a su domicilio, dañando parte de su lindero; motivo por el cual solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo.

En este contexto, la Delegación Provincial de Cotopaxi visitó al Director de Obras Públicas del GAD Parroquial de San Juan de Pastocalle, entidad que asumió la responsabilidad sobre la destrucción y se comprometió a sembrar plantas y árboles nativos y recuperar el espacio al estado inicial. Asimismo, se disculpó con la peticionaria por los inconvenientes ocasionados.

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La Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo presentó un Amicus Curiae que sirvió como sustento en una demanda de acción de protección interpuesta por una persona con discapacidad por la afectación de sus derechos al trabajo, igualdad y no discriminación y a la integridad personal.

El peticionario solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo debido a que luego de un cambio de administración en el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Pastaza ha sido sujeto de varias acciones de discriminación por su filiación e ideología política, a tal punto de ser destituido.

Analizada la petición, la Delegación Provincial de Pastaza, comparece ante Juez Constitucional como tercero interesado y presentó un Amicus Curiae, que fue considerado por el Juez sustanciador al momento de emitir la sentencia, lo que permitió que se acepte la demanda de acción de protección interpuesta.

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