La Defensoría del Pueblo presentó en Milagro una acción de protección a favor de una persona adulta mayor, a quien no se le permitía acceder a su jubilación.
Luz R., una ciudadana de aproximadamente 92 años de edad, presentó ante la Coordinación General Defensorial Zonal 5 de Milagro una denuncia en contra del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), quienes no le permitían acceder a realizar los trámites para el goce de su derecho a la jubilación.
El IESS argumentaba que los aportes patronales correspondientes a diciembre de 1946 a mayo de 1958 no habían sido pagados por las entidades en las cuales la ciudadana había prestado sus servicios, y por ese motivo, no podían dar paso a su proceso de jubilación.
La Defensoría del Pueblo inició la investigación correspondiente, comprobando que efectivamente la ciudadana cumplía tanto con la edad como con el número de aportaciones para acceder a la jubilación. Además se pudo evidenciar que su avanzada edad y estado de salud la situaban como una persona de atención prioritaria a quien se le estaban vulnerando sus derechos, entre ellos acceso a seguridad social. Por esta razón, se presentó una acción de protección a su favor.
El Juez Constitucional dictó sentencia a favor de la acción de protección presentada, declarando la vulneración de varios derechos y ordenando al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social la tramitación inmediata para la jubilación de la adulta mayor.
Sin embargo se presenta una apelación a esta sentencia que Jueces y Juezas de la Sala Especializada de lo Civil de la Corte Provincial del Guayas rechazaron días atrás ratificando la primera resolución.
Es así que el IESS debe cumplir de manera inmediata con lo dictado en la sentencia a fin de reparar los daños ocasionados y así evitar que los derechos de la ciudadana vuelvan a ser vulnerados.