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Defensoría del Pueblo intercede en caso de funcionaria del Instituto Nacional de la Democracia que fue cesada de sus funciones pese a encontrarse con licencia de maternidad

lunes, 13 agosto 2018, 1:16 pm

Defensoría del Pueblo intercede en caso de funcionaria del Instituto Nacional de la Democracia que fue cesada de sus funciones  pese a encontrarse con licencia de maternidad

La Defensoría del Pueblo de Ecuador presentó una acción de protección contra el Instituto Nacional de la Democracia, entidad adscrita al Consejo Nacional Electoral, en defensa de los derechos de Yadira Pacheco Avilez, quien a pesar de informar a la institución de su embarazo, se le notificó en marzo de 2018 que era cesada en sus funciones pese a estar en periodo de maternidad y lactancia.

La peticionaria trabajó desde el 1 de diciembre de 2016 sin ningún inconveniente y cumpliendo con todas las actividades encomendadas. Una vez que dio a luz y en pleno goce de su permiso por maternidad, un funcionario de la entidad donde laboraba acudió a su casa con un documento generado fuera del Sistema Quipux. Este hecho motivo a la señora Pacheco a pedir la intervención de la Defensoría del Pueblo.

Tras conocer el caso, se desarrolló una audiencia pública en la cual la Institución Nacional de Derechos Humanos interpuso una acción de protección, que fue admitida por la jueza de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, quien dispuso que la servidora pública se reintegre de manera inmediata a sus labores.

Asimismo, la jueza ordenó el pago de los haberes que dejó de percibir la peticionaria durante el tiempo que estuvo fuera de la institución. Además, dispuso a la Directora General  y el Director Nacional de Talento Humano del IESS ofrezcan disculpas públicas a la funcionaria.

Y finalmente, resolvió que se publique en la página web del Consejo Nacional Electoral el contenido de los artículos 58 de la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) y 146 de su Reglamento, con la finalidad de que las disposiciones de la Corte Constitucional sean conocidas por las personas que laboran en la institución y por la ciudadanía en general.

A través de esta garantía jurisdiccional, la Defensoría del Pueblo tuteló los derechos de esta persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria, dejando un precedente en la institución para que acciones como la ocurrida no se repitan de nuevo.

Acceda a la sentencia Aquí