Defensoría del Pueblo insta a Gobierno a cumplir con la compensación por incentivo jubilar a los maestros/as jubilados/as perjudicados en 2008, 2009 y 2010
El jueves 7 de marzo de 2018, la Defensoría del Pueblo del Ecuador se pronunció oficialmente ante la falta de pago de la compensación por incentivo jubilar a las y los docentes del sector público que en los años 2008, 2009 y 2010 no recibieron la compensación señalada en la Constitución, debido a que el gobierno de ese entonces estableció mediante una reforma al artículo 15 numeral 2, del Reglamento a la Ley de Carrera Docente y Escalafón del Magisterio Nacional, es decir con un Reglamento se pagó menos de lo que establece la Constitución.
El incumplimiento del Estado ecuatoriano a través de la falta de cumplimiento de los Ministerios de Educación, Trabajo y Finanzas en el trato a las y los maestros jubilados desde 2008 hasta la presente fecha, ha generado una grave situación de desigualdad que lesiona el derecho a la igualdad, no discriminación, la vida y dignidad en la vejez.
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (70 años) considera como “Discriminación”: cualquier distinción, exclusión, restricción que tenga como objetivo o efecto anular o restringir el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la esfera política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública y privada
La Defensoría del Pueblo exhorta a las autoridades competentes, a observar el artículo 3, numeral 1 y 35 de la Constitución de la República, que determinan como deber primordial del Estado, garantizar sin discriminación alguna, el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como la atención prioritaria para las personas adultas mayores.
Finalmente, la Defensoría insta al Gobierno Nacional, para que a través de los Ministerios de Educación, Trabajo y de Economía y Finanzas, articule de forma urgente las acciones que fueren necesarias para la materialización del derecho a recibir el estímulo para la jubilación de las y los maestros del sector público en los términos establecidos en la Constitución y en las normas legales citadas.
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