La Defensoría del Pueblo, a través de la Coordinación Zonal 9, presentó una Acción de Protección a favor de una persona adulta mayor, a quien no le han sido cancelados los valores de jubilación tras la supresión de la entidad pública donde trabajó durante cuatro años.
Flabio M., es una persona adulta mayor que tiene una enfermedad catastrófica. El ciudadano laboró en el Ministerio Coordinador de Seguridad desde 2012 hasta 2016, año en el que, mediante Decreto Ejecutivo, se ordenó la supresión de dicha entidad pública. Este hecho motivó que ciudadano peticionario solicite el trámite para su jubilación, pues contaba con los requisitos para acceder a la misma.
La solicitud del peticionario fue aceptada y se suscribió un acta de pago de compensación. Lamentablemente, hasta la fecha esta resolución no ha sido ejecutada por una omisión del administrador temporal.
Ante dicha situación, el peticionario Flabio M., interpuso una Acción de Protección, la misma que fue patrocinada por la Defensoría del Pueblo, a través de la Coordinación General Defensorial Zonal 9 de Quito, a fin de que se protejan sus derechos y pueda acceder a la compensación que le corresponde.
Luego de la audiencia correspondiente, la jueza constitucional resolvió aceptar parcialmente la garantía, pues consideró que, si bien existía una vulneración, no era posible identificar la institución que violó los derechos constitucionales del accionante. Sin embargo, en la sentencia se ordenó que, excepcionalmente, el Ministerio de Finanzas ejecute el pago de $50.000 dólares al peticionario en el término de tres días.
El ciudadano afectado agradeció la intervención defensorial ya que le permitió acceder a su derecho a una compensación, tal como le correspondía cuando realizó el procedimiento para la jubilación.