La Institución Nacional de Derechos Humanos expresa su preocupación y enérgico rechazo a la actuación de las y los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha durante la gestión del recurso de apelación dentro de la acción de protección presentada para exigir el respeto al principio de paridad de género en la elección de la Vicealcaldía del Distrito Metropolitano de Quito.
Para la Defensoría del Pueblo causa asombro tres situaciones observadas durante el trámite, que evidencian violaciones al debido proceso y a la seguridad jurídica, y especialmente, causan grave daño al pleno ejercicio del derecho a la participación política en igualdad y libre de violencia de las concejalas del D.M. de Quito.
La primera se refiere al rechazo de la excusa presentada por el Dr. Miguel Ángel Narváez Carvajal, notificada en providencia de 3 de diciembre de 2019, quien ha participado ya en los recursos de apelación de las acciones de exigibilidad iniciadas tanto para el cantón Mejía como para Rumiñahui, en los cuales ha tomado una posición clara frente a la interpretación constitucional del principio de paridad, hecho que cuestionaría su imparcialidad en la resolución de este proceso.
En el mismo sentido, llama la atención de sobremanera que el juez Carlos Alberto Figueroa, no haya presentado su excusa, habiéndose pronunciado también en el caso análogo referente al cantón Rumiñahui, en el cual además fue ponente.
Por otro lado, la Institución Nacional de Derechos Humanos rechaza categóricamente la forma en la que se ha tramitado las solicitudes de la Asociación de Municipalidades del Ecuador – AME, institución que actúa únicamente en calidad de Amicus Curiae, y que en consecuencia no es parte procesal. A pesar de ello, el día 03 de enero de 2020, se ha notificado la aceptación de un recurso de revocatoria presentado por esta institución, suspendiendo la audiencia pública del caso que debía llevarse a acabo el día lunes 06 de enero de 2020 a las 14h30. Esta situación ilegal e inconstitucional ha negado la posibilidad de que la Defensoría del Pueblo de Ecuador exponga públicamente ante el tribunal la baja calidad de la sentencia de primera instancia emitida por la Unidad judicial de violencia contra la mujer y la familia de la parroquia de Tumbaco, generando indefensión para las víctimas del caso.
Con estos antecedentes, se ha presentado ante el tribunal la respectiva solicitud de recusación al Juez Figueroa y se ha pedido además, se mantenga la decisión de llamar a audiencia de estrados dentro del proceso con el objetivo de que los argumentos técnicos de las partes puedan ser escuchados de manera pública y directa.
Finalmente enfatizamos que la Defensoría del Pueblo de Ecuador se mantiene alerta de que en el marco de este proceso de exigibilidad se garantice la imparcialidad y la independencia de la Función judicial y en esa línea se respete el debido proceso, la ley y la Constitución en beneficio de los derechos de las mujeres.