Ante la declaratoria de la emergencia sanitaria, y la aplicación del estado de excepción, toque de queda y restricción vehicular, disposiciones emitidas por el Presidente Constitucional de la República de Ecuador, debido a la pandemia de COVID-19, la Defensoría del Pueblo monitorea la situación de los derechos de la población a escala nacional, con el objetivo de evitar posibles vulneraciones a los mismos.
En este sentido, expresamos nuestra preocupación ante las denuncias recibidas sobre desalojos a personas que no pueden pagar sus arriendos debido a la emergencia sanitaria y al aislamiento social obligatorio.
En este sentido, es preciso recordar que la situación actual pone en riesgo la economía de muchas familias que dejan de percibir ingresos, lo cual afecta el ejercicio de otros derechos humanos como el derecho a la vivienda, el cual, de conformidad con lo establecido por el Relator Especial sobre la Vivienda Adecuada de Naciones Unidas, es el derecho de todas las personas a tener y mantener un hogar y una comunidad seguros para vivir en paz y con dignidad.
Asimismo, se debe considerar que la garantía de los derechos sociales en este estado de emergencia es responsabilidad de todas y todos, en cumplimiento de los principios de humanidad, solidaridad y pleno ejercicio de los derechos, por lo que es necesaria la participación de actores y actoras de la sociedad para aportar al bienestar común.
Por otro lado, recordamos a la ciudadanía que, para producirse un desalojo, se debe cumplir el debido proceso y, además, previo a esta acción se debe tener una orden judicial, la cual, a entender de la Defensoría del Pueblo, en la actualidad no se podría lograr por las directrices emitidas por el Consejo de la Judicatura a escala nacional.
Por lo expuesto, la Institución Nacional de Derechos Humanos, rechaza los desalojos denunciados por personas que no han podido cumplir el pago de arriendos en el contexto de la emergencia sanitaria, y:
– Exhorta a las y los arrendatarios para que, con espíritu solidario, no desalojen de sus viviendas a las personas que no puedan cancelar el rubro de los arrendamientos por las condiciones actuales de la emergencia sanitaria, considerando, además, que esta acción sería ilegal e ilegítima.
– Hace un llamado a las y los arrendadores a buscar mecanismos que permitan superar esta crisis, sin desalojar a sus arrendatarios/as, ya que esto incrementaría la posibilidad de más contagios, en atención a las condiciones actuales que vive el país. Ante ello, la institución sugiere que entre arrendadores/as y arrendatarios/as se concreten acuerdos para hacer uso de las garantías entregadas por las y los arrendatarios o prorratear los pagos pendientes en meses posteriores.
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