Este martes, 29 de marzo de 2016, la Defensoría del Pueblo de Ecuador acudió a la audiencia convocada dentro de una Acción Extraordinaria de Protección presentada ante la Corte Constitucional sobre el caso de Satya, una niña a quien se le negó la inscripción con los apellidos de sus madres, quienes conforman una familia homoparental.
Esta demanda se presentó en contra de la sentencia emitida el 9 de agosto de 2012, por parte de la Tercera Sala de Garantías Penales de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha. El objetivo de esta nueva acción es proteger los derechos de la niña, quien merece tener una vida digna, salvaguardando su integridad física y psicológica.
A la Audiencia asistió el Defensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira Silva, quien señaló al inicio de su intervención que “los derechos humanos en la historia jamás se detienen porque tienen un fundamento: el de la libertad y la igualdad; y no son temporales, son permanentes, viven con nosotros en el transcurso de la historia”.
En ese contexto, invitó a la Corte Constitucional del Ecuador a dar este paso histórico de garantizar los derechos de esta familia. “Ahora la Corte Constitucional tiene un reto: aceptar que las madres de Satya tienen derecho a la maternidad como el resto de parejas y que Satya tiene derecho, como todas las niñas y niños de este país, a gozar de una familia reconocida por el Estado Ecuatoriano”, afirmó el titular de la Institución Nacional de Derechos Humanos.
Durante la audiencia, Helen Bicknell y Nicola Rothon -madres de Satya- solicitaron que la Corte Constitucional garantice los derechos de su hija, una niña ecuatoriana. “Como explicarle a Satya que no puede llevar el apellido de sus dos mamás. Para ella es incomprensible que los demás no acepten su realidad. Para nosotros sería un gran orgullo que el Estado ecuatoriano reconociera los derechos de nuestra hija Satya como merece” , señaló Bicknell.
Por su parte, José Luis Guerra, Director General Tutelar de la Defensoría del Pueblo, en su intervención explicó cómo la sentencia antes mencionada afecta derechos que son reconocidos por la Constitución de la República del Ecuador tales como la familia, la identidad y la nacionalidad, entre otros. “En este caso la realidad supera la sentencia, esta familia vive junta y ha creado lazos de identidad”, indicó Guerra.
Asimismo, el Director General Tutelar afirmó que “cuando se habla del interés superior de la niña se debe satisfacer el ejercicio de sus derechos, promover su desarrollo integral y hacer que este prevalezca sobre otras pretensiones. Aquí estamos hablando de los derechos de una niña”.