Una ciudadana dio a conocer que presentó una petición ante el GAD Municipal de San Pedro de Huaca, pero que hasta la fecha no ha tenido respuesta por lo que solicita la intervención de la Coordinación Zonal de Carchi.
La DPE al conocer el caso, notificó inmediatamente al GAD de Huaca a fin de convocar a la audiencia correspondiente. En la audiencia la Procuradora Síndica del GAD y el Director de Obras Públicas del Municipio se comprometieron en efectuar una reunión de trabajo con la Cooperativa 8 de diciembre, dando cumplimiento a la petición de la ciudadana.
De esta manera se dio cumplimiento a lo solicitado por la peticionaria, quien agradeció la intervención defensorial que permitió desarrollar la jornada de trabajo.
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Una ciudadana adulta mayor señaló que fue perjudicada pues dentro de su planilla de consumo eléctrico existe un valor por una cocina de inducción que nunca solicitó ni se le ha entregado por lo que solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo para que se respeten sus derechos.
Al conocer el caso la Delegación Provincial de Esmeraldas realizó las gestiones necesarias para que se respeten los derechos de la peticionaria, tomando contacto con la persona encargada del proyecto de cocinas de inducción en CNEL dando a conocer el caso de la persona adulta mayor afectada por una supuesta venta de cocina a través de almacenes Jaher, algo falso pues la ciudadano no solicitó el electrodoméstico y tampoco se le ha hecho entrega del mismo.
Es así que después de varios días, CNEL determinó a través de una investigación que efectivamente se trató de una venta ilegal y se comprometió en dar de baja esta venta y anular los cobros realizados a las ciudadana a través de la planilla.
De esta manera se protegieron los derechos de una persona perteneciente a un grupo vulnerable. quien junto a su hija agradecieron la gestión de la Defensoría del Pueblo.
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La esposa de Rigoberto R., sufrió un accidente de tránsito y en la clínica Metropolitana de Ibarra le indicaron que requería de algunos documentos para devolverle el valor de la garantía y que el Sistema Público para Pago de Accidentes de Tránsito se haga cargo de la deuda, caso contrario perdería la garantía por lo que solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo.
El peticionario explicó que su esposa sufrió un accidente de tránsito y dentro de la documentación requerida por esta casa de salud para la devolución del dinero de la garantía era el parte policial, el cual constaba en el expediente pero lamentablemente el parte no tenía el número de cédula de la ciudadana y por eso no podía realizarse el trámite correspondiente.
El hospital le indicó que hasta horas de la tarde dicho documento debía ser presentado, caso contrario de le devolverán el valor depositado por garantía, pues es un requisito indispensable.
La Delegación Provincial de Imbabura al conocer el caso tomó contacto telefónico con la clínica para explicarles que un número de cédula si bien es importante para cualquier trámite, no puede ser causa para negar los derechos a una persona, sin embargo no hubo una respuesta satisfactoria por lo que fue necesario el traslado de funcionarios de la DPE hasta la casa de salud.
Una vez allí, se indicó que el trámite debe realizarse con la Comandancia de Policía para que el policía que elaboró el parte haga las rectificaciones necesarias y no salgan afectados ni el peticionario ni su esposa, quien se encontraba hospitalizada. Además se recalcó que la casa de salud no debería quedarse con la garantía pues a través del SPPAT, recibirán el pago por los servicios brindados.
En ese sentido se tomó contacto con la Policía Nacional y se realizaron las correcciones correspondientes para completar la documentación requerida por SPPAT y la casa de salud pueda enviar el trámite para el pago de sus servicios.
Finalmente el peticionario recibió su dinero, respetando así sus derechos y los de su esposa, quien recibió la atención médica requerida.
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La Delegación Provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo protegió los derechos de un ciudadano, a quien el Consorcio Ecuatoriano Automotriz Coneca ofreció entregar un vehículo por la modalidad de sorteo y licitación cancelando el valor de USD 2 430,51; lo que no se cumplió.
El peticionario asegura que varias personas fueron engañadas pues hasta la fecha no les entregan los vehículos y pese a las insistencias no obtuvo una respuesta favorable.
Al conocer el caso, la Defensoría del Pueblo convocó a una audiencia a ambas partes para verificar las dos versiones y establecer mecanismos de conciliación. Es así, que el procurador judicial del consorcio manifestó que no hay problema en la devolución del dinero. De esta manera se garantizaron los derechos de consumidor del ciudadano.
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Alexandra García, Técnica Territorial de Napo del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades, solicitó a la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo realice una gestión oficiosa a favor del ciudadano Edmundo S. por no recibir una respuesta ágil y oportuna del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) de Quito por un trámite de riesgo laboral.
El peticionario sufrió un incidente laboral tras el que adquirió el 51% de discapacidad auditiva, razón por la cual solicita una respuesta de parte del IESS, institución que pese a existir una resolución de responsabilidad patronal y multa no ha respondido al pedido del ciudadano de su liquidación.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo admitió a trámite de investigación por derecho de petición y se solicitó al IESS de respuesta inmediata. Se realizó una audiencia pública en la que el IESS informó que efectivamente está en proceso la liquidación a favor del peticionario. tutelando así sus derechos.
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María U., persona adulta mayor, acudió a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para solicitar intervención frente a la afectación que sufre su vivienda debido a la remodelación de calles cercanas a su domicilio.
La peticionaria manifestó pese al reclamo formal (escrito) que realizó al departamento de obras públicas del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Ambato (GADMA) no recibió respuesta alguna. El problema está en que por la remodelación de las calles retiraron un desagüe por donde evacuaba el agua, provocando que la vivienda de la ciudadana quede expuesta y se inunde cada vez que hay lluvias fuertes.
Para verificar lo expuesto, la Defensoría del Pueblo inspeccionó el domicilio de la persona adulta mayor y constató el inconveniente descrito. Por tal motivo, se solicitó a la fiscalizadora de la obra de una solución definitiva a fin de garantizar el derecho de la ciudadana a una vivienda adecuada y digna.
Luego de exponer la afectación causada a la vivienda de María U. se llegó al acuerdo de nivelar la construcción para evitar que ingrese agua, resguardando la movilidad de los transeúntes y la integridad de la peticionaria.
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La Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo conoció de oficio la situación de una persona privada de libertad, quien se encontraba en riesgo por las constantes amenazas de muerte de su compañero de pabellón, razón por la cual se encuentra inmerso en un cuadro depresivo severo.
Con el fin de proteger los derechos de esta persona, la Defensoría del Pueblo visitó el Centro de Privación de Libertad Sierra Centro Norte Latacunga, donde mantuvo una reunión con el director del centro a quien se expuso los antecedentes.
El director del centro, por su parte, indicó que dispondría que se instale la junta de tratamiento de forma inmediata y se emita la resolución sobre la situación de la persona privada de libertad.
Luego de esta intervención se logró el traslado de pabellón de la persona privada de libertad, precautelando su integridad personal y su vida.
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Enrique G., persona adulta mayor, se acerca a la Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo para solicitar la intervención institucional a fin de que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (Mies) le otorgue el bono de desarrollo humano, el mismo que le retiraron por estar presuntamente desaparecido.
El peticionario informó a la Defensoría del Pueblo que se encontraba en un centro para personas adultas mayores, ubicado en el cantón Chambo, pero que no se sentía a gusto, por lo que se fue del lugar. Al no conocer su paradero lo dieron por desaparecido, por lo que el Mies cancela la entrega del bono.
Este ingreso era el único con el que contaba el ciudadano, por lo que la Institución Nacional de Derechos Humanos inició una gestión oficiosa a fin de lograr que el peticionario continúe con este beneficio.
Luego de informar lo ocurrido al Mies, la institución se comprometió a entregar el bono de desarrollo humano, tutelando los derechos de la persona adulta mayor.
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Mireya G. acude a la Delegación Provincial de Pastaza para presentar una queja contra el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por no hacer efectivo su subsidio por maternidad, debido a un problema informático.
La peticionaria afirma que este subsidio de maternidad de su primer hijo nunca se concretó y que pese a los reclamos el IESS no ha respondido, por lo que teme se le retire este beneficio.
La Defensoría del Pueblo inicia una gestión oficiosa para verificar qué ocurrió en este caso. Es así, que la Delegada de Pastaza se acerca a la Dirección Financiera del IESS, donde le explican que al momento se realizan trámites internos para dar solución inmediata a su petición.
De esta manera, la ciudadana perteneciente a uno de los grupos de atención prioritaria accedió a su derecho de subsidio por maternidad.
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Adriana F., madre de familia tuvo inconvenientes al querer cambiar de escuela a su hija por lo que solicitó la intervención de la Coordinación de Azuay.
La peticionaria señaló que debido a que su domicilio se encuentra entre dos Distritos de Educación se le presentaron varios inconvenientes al querer realizar el cambio y por tal motivo decidió mantenerle en la unidad educativa particular, pues incluso ubicaron a la niña en un nivel inferior al cual se encontraba.
En tal sentido la Coordinación de la Defensoría del Pueblo mediante gestión oficiosa tomó contacto con la entidad de educación para solicitar que se solucione el inconveniente presentado pues se está perjudicando el derecho a la educación de la niña.
El ministerio de Educación al conocer el caso dio trámite al mismo, ubicando a la niña en la unidad educativa más cercana a su domicilio y en el nivel que le corresponde. De esta manera se solucionó el inconveniente y sobretodo se garantice el derecho a la educación para la estudiante.
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Jova G., usuaria de CNT presentó una solicitud en la entidad debido a que su línea telefónica presentó varias anomalías, pero al no obtener ninguna respuesta presentó la queja ante la Delegación Provincial de El Oro.
Según la usuaria desde hace diez años mantiene un contrato con la empresa de telefonía, pero desde el mes de abril su línea telefónica presentó inconvenientes por lo que no pudo utilizar el servicio.
La ciudadana dio a conocer de las anomalías a CNT pero nunca se acercaron a verificar qué problema tenía la línea, sin embargo facturaron los meses que la peticionaria estuvo sin servicio.
La DPE al conocer el caso, realizó una visita in situ para verificar lo señalado por la señora Jova V., y además convocó a una audiencia a personal de CNT, en la cual se determinó que efectivamente uno un error al no acudir a verificar la anomalía y por tanto se eliminarían los cobros generados por un servicio no recibido.
Además se comprometieron en solucionar los daños presentados para que la ciudadana acceda a servicios públicos de calidad.
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La Delegación Provincial de Zamora Chinchipe en coordinación con el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional realizó la socialización de una Ordenanza Modelo para el buen vivir de las personas adultas mayores, con la finalidad de discutir y aprobar la misma por parte de los GAD cantonales.
En tal sentido se realizó una reunión de trabajo con personas adultas mayores del Centro Gerontológica y Municipio de Paquisha, la misma que finalizó con el compromiso del Municipio de garantizar los derechos constitucionales de las personas adultas mayores y trabajar colectivamente para alcanzar los objetivos planteados, en este caso ofrecer una calidad de vida digna a las y los adultos mayores.
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A la Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo acudió una ciudadana para solicitar intervención en el caso de su sobrina menor de edad, a quien se le negó el cupo en una institución educativa por no tener cédula de identidad.
Al vulnerarse el derecho a la educación y al interés superior de la niña, la Defensoría del Pueblo inició una gestión oficiosa, poniéndose en contacto con la Subsecretaria del Ministerio de Educación, a quien se explicó el caso de la niña que hasta la fecha no había tenido escolaridad formal debido a la situación económica de su familia.
Luego de una reunión interinstitucional se logró que la niña -de 8 años de edad- sea inscrita en el establecimiento educativo y además tenga cédula de identidad, tutelando así sus derechos.
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Una joven afrodescendiente ingresó al centro de salud público de Nayón minutos antes de las 16:00, al solicitar asistencia médica por un fuerte dolor de cabeza, le manifestaron que el personal médico ya no se encontraba en las instalaciones, dado que la atención era hasta las 16:00.
La usuaria ingresó a dicho centro minutos antes de que termine el horario laboral y aún así le negaron atención. Esta actuación, de conformidad con las características de derechos humanos, nunca debió darse, pues el derecho de acceso a la salud no puede estar condicionado por horarios de atención.
La joven debido a negativa salió del centro de salud y se desmayó en la esquina. Esto causó que horas después sufriera un accidente vascular encefálico agudo, perdiendo la motricidad en la pierna y brazo izquierdo.
Cuando la Defensoría del Pueblo tuvo conocimiento del caso, admitió a trámite y convocó a audiencia pública a las partes. En la misma, se identificó la vulneración al derecho a la salud y exhortó a las autoridades del Ministerio de Salud Pública que realice mejoras administrativas. Además se solicitó a la institución que presente disculpas a la peticionaria por afectar su salud.
Finalmente, se exhortó a capacitar al personal administrativo y médico en derechos humanos.
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Se presentó ante esta Delegación, una petición escrita por parte de los socios de la Cooperativa de Vivienda San José la Cocha donde manifiestan que desde hace varios años adquirieron un terreno para construir un plan de vivienda, el mismo que está a nombre de una sola persona, quien funge como presidente, y quien se ha negado a entregarles las escrituras aduciendo que no se puede realizar el trámite ante el municipio ya que en la zona se encuentra la laguna denominada la Cocha la misma que es considerada como zona de protección. El trámite se agilitó gracias a la gestión de la Defensoría del Pueblo ante el Municipio para que se realice el levantamiento de información correspondiente del terreno.
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Ciudadano presentó una petición debido a que la CNT EP le pretendía cobrar valores por una línea telefónica. Al acudir a la Empresa le informaron que debe un mes del servicio, por lo que solicitó el contrato de dicha línea telefónica pero nunca obtuvo respuesta, ante este hecho acude a la Defensoría del Pueblo de Quevedo a solicitar la tutela efectiva respecto a sus derechos vulnerados, y se aperturó un expediente defensorial,debido a que jamás firmó contrato alguno con dicha empresa. Se realizó una investigación defensorial y se solicitó a la CNT EP que se remita el contrato de prestación de servicios, documento que tampoco fue presentado, por lo que se suspendió la investigación defensorial y se activó una garantía jurisdiccional de hábeas data. Al abrir un expediente activando la garantía jurisdiccional de hábeas data, en audiencia la jueza solicitó a la CNT el contrato de prestación de servicios, pero la cnt en respuesta a aquello indicó que ya habían eliminado la deuda y la línea al peticionario ya que no cuentan con dicha documentación y en la misma audiencia la cnt pidió disculpas al peticionario por el inconveniente suscitado, por lo cual como medida reparatoria se consiguió subsanar el problema que presentaba el ciudadano.
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