CASOS EMBLEMÁTICOS

Defensoría en Acción – 30 de junio de 2016

jueves, 30 junio 2016, 2:06 pm

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Un ciudadano presentó una petición al GAD Municipal de Tulcán, solicitando una indemnización por la afectación que ha sufrido un lote de terreno de su propiedad debido a la construcción del alcantarillado combinado de la ciudad. El peticionario solicitó el permiso de construcción y se le respondió que no podían otorgarle, ya que su lote tenía una afectación. La Coordinación admitió el trámite por derecho de petición y realizó la respectiva audiencia, obteniendo el compromiso por parte del Procurador Síndico del Municipio de Tulcán, de dar respuesta oportuna al requerimiento a través del informe técnico que presentó la Dirección de Planificación con el objeto de elevar el proceso ante el Consejo Municipal de Tulcán. De esta manera se declara de utilidad pública el bien y posteriormente se le otorga la debida indemnización al peticionario.

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La Delegación de Esmeraldas solicitó al hospital del IESS de Esmeraldas para que respondan a la petición del ciudadano, y se remita historia clínica del peticionario, quien es portador de VIH, según el hospital. el Director Médico del Hospital del IESS responde a la delegación manifestando que es necesario realizar una prueba confirmativa. La Delegación solicita a las autoridades del IESS, se fije día y hora para que el ciudadano se realice la prueba respectiva. Una vez se realiza la prueba, en la ciudad de Guayaquil, se determina que el ciudadano no es portador del virus. Por tal motivo la Delegación solicita al Hospital del IESS en Esmeraldas corregir los datos erróneos en el historial clínico del ciudadano, a fin de proteger y garantizar sus derechos.

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La representante del Enfoque de Discapacidades presentó una queja, debido a la no contestación por parte del Municipio de Lago Agrio a sus requerimientos, ante lo cual se realizó una Investigación Defensorial y se solicita al Alcalde de Lago Agrio dé contestación a la presente queja o a su vez remita la información solicitada por la peticionaria. El Procurador Síndico del cantón envía la información solicitada constante en 189 fojas útiles y se da a conocer a la ciudadana para se acerque a revisar la información solicitada. De esta manera se logró obtener la información que la peticionaria había solicitado a la institución requerida, tutelando su derecho al acceso a información pública.

 

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La Coordinación Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo recibió una denuncia por presunta vulneración de derecho a la salud. Bladimir Z., explicó que su esposa en estado de gestación no fue atendida a tiempo ni por el servicio de salud privado ni por el público, complicando así el estado de salud del bebé recién nacido, quien falleció luego del alumbramiento.

En ese contexto, la Coordinación Zonal 2 emite una resolución defensorial con la que busca tutelar los derechos a la salud, al acceso y el aseguramiento de los derechos de grupos de atención prioritaria; exhortando a los establecimientos de salud a brindar un servicio oportuno y de calidad. El objetivo de esta resolución fue exponer a la opinión pública las falencias tanto en el servicio público como en el privado de la provincia de Orellana.

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La Delegación Provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo por solicitud del Secretario Técnico Consejo Nacional Igualdad Intergeneracional interviene mediante gestión oficiosa en un caso de presunta vulneración a los derechos de una persona adulta mayor.  Según el oficio receptado, la señora Luz F., permanecía en contra de su voluntad en un centro de adultos mayores. Por esta razón, la Delegación Provincial de Pichincha, en base a las competencias establecidas en la Constitución, realiza una visita in situ para constatar los hechos denunciados y verificar las condiciones del centro, su infraestructura, accesibilidad y otros factores que son primordiales para este grupo de atención prioritaria.

La adulta mayor se encontraba en buen estado de salud, almorzando y compartiendo con sus compañeros/as del centro, además contaba con todos los permisos para ser retirada del centro de salud, si así lo requería la familia. En ese sentido, se comunicó a los familiares -como lo prescribe el artículo 153 del Código Orgánico Integral Penal- que las personas que abandonen a adulto/as mayores, colocándolas en situación de desamparo y ponga en peligro real su vida o integridad física, serán sancionadas con pena privativa de libertad de uno a tres años. Con esta actuación se garantizó los derechos de la persona adulta mayor.

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El 24 de junio del 2016, una ciudadana presentó una petición en la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo, indicando que su padre Manuel C., de 66 años de edad, se encontraba desde el 18 de junio internado contra su voluntad en la Comunidad Terapéutica San José. Se inicia entonces una investigación defensorial. La Delegación Provincial de Napo realizó una visita in situ y verificó que el señor se encontraba en el lugar sin su consentimiento, por lo que solicitó la inmediata salida del centro, a través de una gestión oficiosa.

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La Coordinación General Defensorial Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo mediante gestión oficiosa tuteló los derechos de consumidor de un ciudadano, logrando que el local comercial donde adquirió un celular -con el que no se sentía satisfecho- devuelva el dinero.

El ciudadano Luis L., presentó una petición en la Zonal 3 de la Defensoría afirmando que el pasado 1 de junio de 2016 adquirió un celular Samsung J5 en el local comercial Mega Cell pagando la suma de USD 342,00; en donde la persona que lo atendió aseguró que el teléfono móvil no era de procedencia china. Más tarde el ciudadano confirmó que el celular fue fabricado en China por lo que solicitó la devolución de su dinero, algo que no ocurrió.

Por esta razón, la Defensoría del Pueblo inicia un proceso en el que no solo se gestiona la devolución de valores, sino que se explica al local comercial cuáles son los derechos de usuarios y consumidores (derecho a una información clara, precisa y oportuna), con el fin de que no se repitan situaciones como esta.

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A la Delegación Provincial de Cotopaxi se acercó una ciudadana de nacionalidad cubana en estado de gestación para presentar un reclamo sobre el sistema de salud pública, que le negó atención médica por su situación de irregularidad en el país.

La Defensoría del Pueblo mediante una gestión oficiosa logró que la Dirección del  Ministerio de Salud Pública evalúe médicamente a la señora, le realicen un eco, le entreguen vitaminas mensualmente  y a futuro garanticen la atención del parto y post parto. Con esta acción se tuteló los derechos de esta persona perteneciente a uno de los grupos de atención prioritaria.

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La Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo realizó una gestión oficiosa con el objetivo de tutelar los derechos de varias personas con discapacidad, quienes adeudaban a la empresa eléctrica importantes rubros. En ese sentido, la Institución Nacional de Derechos Humanos inició un proceso de investigación, logrando la exoneración del pago total de rubros.

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El pasado 14 de junio, el señor Edgar A., se acercó a la Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo para presentar una queja contra un establecimiento comercial en el que adquirió una computadora portátil que presentó algunos desperfectos. La computadora sufrió un primer daño que fue reparada por la casa comercial en un período de dos meses, pero el ciudadano consideró que este arreglo no fue suficiente, por lo que exigió al almacén la reemplace por una nueva.

En ese sentido, la Defensoría del Pueblo intervino y solicitó a la casa comercial entregar un nuevo equipo de las mismas características. El responsable del local comercial aceptó pero solicitó que el consumidor cancele un valor de garantía del nuevo equipo; solucionando así el inconveniente y tutelando el derecho de recibir un producto de calidad.

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La Coordinación Zonal 4 recibió una petición de la Asociación de Propietarios y arrendatarios de la Urbanización La Fuente (37 familias) que solicitaban se proteja sus derechos a un hábitat seguro y saludable, a una vivienda adecuada y digna y a acceder a servicios de óptima calidad. La Defensoría del Pueblo mediante esta Coordinación conforme a sus competencia constitucionales y legales, emite la resolución defensorial para garantizar la protección y tutela de estos derechos exhortando al Constructor de la Urbanización La Fuente la observancia del procedimiento correcto y  se realice de manera efectiva y expedita el control de la construcción de las obras en el conjunto habitacional La Fuente, y el control sobre el uso y ocupación del suelo lo que beneficiaría a las familias que habitan en esta Urbanización.

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Un ciudadano con discapacidad  se acercó a la Delegación Provincial de Santo Domingo a presentar una petición en contra de los administradores del centro comercial Paseo Shopping por no contar con accesibilidad para personas con discapacidad física. La Delegación receptó esta solicitud frente a lo cual se aperturó el trámite defensorial correspondiente y se logró la construcción de acceso para personas con discapacidad y además que se incluya señalética para ingresar al centro comercial logrando así se respeten los derechos de estas personas que son parte del grupo de atención prioritaria.

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Una ciudadana adulta mayor presentó en la Coordinación Zonal 5 con sede en la ciudad de Milagro una petición sobre una deuda que mantenía con CNEL-EP la consideraba injusta ya que a pesar de que vive completamente sola en una vivienda que le dejó su esposo antes de fallecer hace varios años atrás, las planillas de consumo de energía eléctrica le estaban saliendo demasiado elevadas. Luego de la visita In Situ dispuesta mediante providencia de admisibilidad, el departamento técnico de la CNEL-EP comprueba que el actual medidor se encontraba funcionando correctamente y que el costo de las planillas corresponden al consumo más recargas mensuales por una deuda acumulada. El consumo elevado podría haberse estado generando por el mal estado de ciertas instalaciones interiores, ya que en el domicilio no existen sofisticados aparatos o electrodomésticos que consuman demasiada energía, ya que solo cuenta con un televisor y tres focos ahorradores, más una refrigeradora. El consumo acumulado generaba una alta multa cercana a los 300 dólares lo que se hacía imposible cancelar. Finalmente, la Coordinación resolvió que se proceda a rebajar casi en su totalidad la deuda y a realizar un mantenimiento preventivo de las instalaciones eléctricas en el domicilio.

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La ciudadana Alba B se acercó a la Delegación de Bolívar donde realizó su petición solicitando se anule el contrato de la compra de una cocina de inducción que realizó en la Casa comercial ECASA-ALCORP ubicada en la ciudad de Guaranda; ya que al mes de uso se dañó. Gracias a la intervención de la Delegación, la casa Comercial accedió al pedido y realizó el cambio del electrodoméstico a la usuaria haciendo efectivos sus derechos como consumidora.

 

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Una ciudadana de escasos recursos económicos acudió a la Delegación Los Ríos para presentar una queja contra CNEL debido a que estaba recibiendo las planillas del servicio de energía eléctrica con consumos excesivos, valores que no se ajustaban a la realidad de los consumos realizados por la peticionaria. Una vez ingresada la petición se emitió la providencia de admisibilidad en donde se solicitó se realice una inspección y se fijó fecha de audiencia. Las partes llegaron a un acuerdo previo a la audiencia y acudieron a esta oficina a manifestar que la deuda quedó en cero restableciendo así los derechos de la peticionaria como usuaria y consumidora.

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El señor Wilmer Z presentó una queja en la oficina de la Delegación de Galápagos por una presunta afectación al derecho a una vida digna que asegure el descanso y a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación de acuerdo al art. 14 de la Constitución. El peticionante presenta la queja ya que su vecino viene perturbando la paz no solo de su familia sino de todo el barrio, debido a los estridentes ruidos producidos por una equipo de música hasta altas horas de la madrugada. Gracias a la intervención de la Delegación se logró un acuerdo entre las partes en el que el vecino, respetando la ordenanza municipal que regula las emisiones de ruido en el cantón por parte de los ciudadanos, se comprometió a cerrar la pared que colinda con la vivienda del peticionante a fin de que los ruidos generados por su hogar no afecte la tranquilidad y paz de su familia.

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Una ciudadana presentó una petición en la que manifestó que su hija, quien tiene discapacidad, necesita urgentemente una operación de transplante de córnea. Al parecer este tipo de cirugías se las practican en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social,  pero ni ella ni su hija son  afiliadas, por tanto solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo, para que se pueda activar la Red Pública de Salud y su hija pueda ser atendida en el IESS. La Red Pública de Salud fue activada y la hija de la peticionaria pudo transferida al IESS, para que se realice la operación de transplante de córnea.

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Una ciudadana se acercó a la Delegación Provincial a denunciar el cobro excesivo por parte de la Empresa Eléctrica de Azogues por el valor de 1536,00. La accionante manifestó que su familia es corta y no existen razones para que la empresa haya facturado estos costos. Se inició una investigación defensorial y la empresa manifestó que no se han realizado las lecturas reales, razón por la cual solamente se ha promediado el valor del consumo. Luego de la intervención de la Defensoría del Pueblo  se logró que se promedien los seis últimos meses de consumo hasta la resolución de este caso en la delegación.

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Los comerciantes ambulantes presentaron una queja ante la Delegación Provincial por presunta vulneración al trabajo y a la integridad personal por parte del Municipio de Morona. Se dió inicio a la investigación defensorial y se solicitó mayor información al GAD Morona, quienes respondieron que existe una ordenanza municipal sobre el tema del comercio informal. En la audiencia realizada se solicitó al Alcalde y al Concejo Municipal que se considere la reforma a dicha ordenanza y de esta manera se tuteló los derechos de los comerciantes. Por otro lado, la Delegación Provincial se comprometió en realizar capacitaciones a policías municipales y personal administrativo del GAD Morona sobre derechos humanos.

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Una ciudadana presentó una petición en la Coordinación de Loja, manifestando que en días anteriores se tomaron pruebas de admisión en la Universidad Técnica Particular de Loja para los cursos de admisión en carrera de Ingeniería Civil, donde se presentó su hijo de 18 años, quien tiene discapacidad física. Según la peticionaria no le dieron tiempo suficiente ni las herramientas correspondientes, teniendo en cuenta que por ser una persona con discapacidad física necesitaba más tiempo para rendir el examen.

La madre de familia solicitó a la profesora que le tome nuevamente la prueba, pero la docente se negó a hacerlo, por lo que solicitó la intervención defensorial.. Se realizó la gestión oficiosa con la peticionaria, manteniendo una reunión con el Rector de la Universidad Técnica Particular de Loja para exponerle el caso e indicar que se están vulnerando varios derechos, como acceso a la educación, atención prioritaria a grupos vulnerables y la no discriminación. La máxima autoridad de la Universidad manifestó que desconocía el caso y pidió las disculpas por lo acontecido, además extendió una nueva orden para que se le tome nuevamente la prueba, con los debidos tiempos necesarios y proporcionándole las herramientas adecuadas que necesita una persona con discapacidad.

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El colectivo de trabajadoras sexuales “Flor de Azalea” presentó una denuncia en contra el propietario de los inmuebles ubicados en el barrio de tolerancia » La Puentecita», en el cual las peticionarias ejercen labores, por presuntos maltratos, discriminaciones e inobservancia al derecho laboral. Según las peticionarias, los problemas han surgido a consecuencia del litigio judicial entre el ciudadano y sus herederos sobre la administración de los bienes inmuebles que son parte de dicho barrio. Presuntamente, las personas mencionadas irrumpieron de forma violenta  en los lugares con sujetos armados, propiciando el caos y temor entre las trabajadoras sexuales, clientes y personal que labora en este lugar. Luego de la audiencia respectiva se acordó entre las partes, comprometerse a propiciar un ambiente pacífico, respetando el derecho a realizar las actividades de las trabajadoras sexuales con tranquilidad.

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Un ciudadano de la parroquia Imbana cantón Zamora denuncia que policías municipales del cantón Loja le impidieron la circulación en dicho lugar. Por tal motivo se realizó una visita in situ en donde el peticionario indicó el punto exacto donde suscitaron los hechos. Se solicitó un informe detallado a la alcaldía de Loja sobre esta situación. Debido a que la audiencia no pudo realizarse por inasistencia del representante de la alcaldía de Loja, se envió un exhorto a la esta municipalidad, recordando que la parroquia de Imbana es jurisdicción del cantón Zamora, por tal motivo los agentes municipales no pueden actuar en dicha zona y menos restringir el acceso de las personas, vulnerando derechos como la libertad y el tránsito.

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La Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo realizó una gestión oficiosa con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y la Clínica Kennedy para tutelar el derecho a la libertad de las personas y al seguro social.

El peticionario manifestó que su esposa de 62 años de edad fue ingresada por emergencia a la Clínica privada el 1 de junio de 2016, en el momento del ingreso le indicaron que pese a estar asegurada, la entidad de salud no tenía convenio con el IESS por lo que debía registrarse como persona particular. Se tramitó más tarde la cobertura del IESS, pero para ello la clínica debía emitir un informe que no lo había hecho. Además, la señora fue dada de alta el 22 de junio pero la clínica no la dejaba salir mientras no pagara lo adeudado. En ese sentido, el peticionario solicita ayuda a la  Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo. Se emprendió entonces una investigación defensorial en la que se determinó que efectivamente la señora era retenida por concepto de deuda, para lo cual se mantuvo una reunión con los directivos de la clínica y funcionarios del IESS; logrando de manera efectiva que el IESS cubra el valor aproximado de 14.000 por concepto de gastos médicos realizados por el peticionario.

 

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Las señoras Flor G. y Paulina Y. presentaron una petición a la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo con la finalidad de que la Administración del Mercado Mayorista cumpla con lo estipulado en el convenio de préstamo de uso de las baterías sanitarias.

Estas dos personas, una de ellas adulta mayor, quienes administran las baterías sanitarias de una zona del Mercado Mayorista, se acercaron a la Defensoría del Pueblo para pedir su intervención, pues la Empresa Metropolitana del Mercado Mayorista les estaba exigiendo que se hagan cargo del pago de agua potable sin tomar en consideración un convenio firmado años atrás, en el cual se indica que la entidad responsable de dicho consumo es el Mercado Mayorista.

Mediante Resolución del 15 de junio de 2016, se recomienda al Gerente General de la Empresa Pública Metropolitana del Mercado Mayorista de Quito,  que se de cumplimiento con la cláusula cuarta del convenio cancelando los valores adeudados a la Empresa Metropolitana de Agua Potable y Saneamiento y relevar de los pagos a las peticionarias, protegiendo el derecho a la seguridad jurídica y al trabajo de las peticionarias.

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