Lady J. había ingresado al Hospital Luis Dávila de la ciudad de Tulcán para dar a luz. Luego de una cesárea, nació su hijo y la madre solicitó al personal médico de la unidad de salud el certificado de nacido vivo de su bebé, ya que es un requisito indispensable al momento de inscribir al niño en el Registro Civil. Después de recibir la negativa a su petición por parte de médicos y enfermeras, la ciudadana se acercó hasta la Coordinación General Defensorial Zonal 1 de Carchi y presentó la debida denuncia. Mediante una acción oficiosa, funcionarios de la Coordinación se acercaron hasta la entidad hospitalaria a solicitar el documento. De esta manera la ciudadana pudo obtener el certificado y acceder a servicios públicos de calidad, como es su derecho.
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Una ciudadana de nacionalidad colombiana presentó ante la Delegación Provincial de Esmeraldas una queja, pues necesitaba sacar su documento de identidad en el Consulado de Colombia, pero le solicitaban el registro de nacimiento y para poderlo presentar este documento debía viajar hasta Colombia, retrasando así el proceso de cedulación.
La ciudadana, quien estaba a punto de graduarse como bachiller en una entidad educativa de la provincia, informó que este registro de nacimeinto reposa en los archivos de su antigua entidad educativa y que a pesar de haber solicitado el mismo no había obtenido respuesta. Por tal razón la Delegación de Esmeraldas tomó contacto con el Rector del Colegio nocturno Esmeraldas para explicar la situación y que se entregue el documento a la ciudadana para que pueda solicitar su cédula de identidad ante el Consulado colombiano. Gracias a esta gestión la ciudadana pudo continuar con su trámite y también registrar el nacimiento de su hija, una vez que ya pudo obtener su documento de identidad.
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Jimena B. luego de dar a luz en la clínica Ibarra, de la ciudad del mismo nombre, presentó una denuncia contra la casa de salud, debido a que se negaron a entregar el certificado de nacido vivo de su hijo por la deuda que mantiene en el lugar a causa del alumbramiento. Funcionarios de la Delegación se acercaron hasta la Clínica y tomaron contacto con personal de la misma a fin de informar que se estaba afectando el derecho a la identidad de un niño. Directivos de la Clínica reconocieron su error y entregaron de manera inmediata el certificado para que el niño de esta manera pudiera ser inscrito en el Registro Civil. La ciudadana agradeció la intervención defensorial, de esta manera su hijo puede contar ya con una identidad, como es su derecho. Como dato adicional, cabe informar que se envió una exhortación a la Clínica Ibarra, recordando la obligación que tienen de garantizar servicios de calidad a la ciudadanía.
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La Coordinación Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo recibió alrededor de 21 peticiones de distintos ciudadanos y ciudadanas de la provincia de Orellana, quienes afirmaron que trabajadores de un almacén comercial acudieron a sus domicilios haciéndose pasar por servidores de la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) para venderles cocinas de inducción con engaños. Cuando los ciudadanos recibían las planillas de luz eléctrica y observaron los valores se dieron cuenta de lo ocurrido.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo actuó de inmediato para proteger los derechos de consumidor de los peticionarios. Luego de la intervención defensorial se logró devolver las cocinas de inducción y eliminar la compra, asimismo se notificó lo sucedido al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable para que comunique el malentendido a CNEL EP y se suprima de la planilla eléctrica los costos adicionales.
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La Delegación Provincial de Pichincha de la Defensoría del Pueblo recibe el caso de una presunta vulneración a los derechos humanos de una persona adulta mayor, quien supuestamente se encontraba en un centro de atención contra su voluntad. Al conocer este hecho, funcionarios de la Defensoría canalizan acciones inmediatas verificando que la ciudadana adulta mayor se encontraba a gusto en las instalaciones.
Asimismo, como parte del proceso se diseñó una estrategia de litigio, mediante la que se dió a conocer al Juez que lleva el caso que se realiza la vigilancia del debido proceso en la garantía jurisdiccional activada, que buscaba retirar del centro a la persona adulta mayor. En ese sentido, el Juez en la audiencia niega el hábeas corpus y dispone a la Delegación Provincial de Pichincha realice un informe de las condiciones en las que se encuentra la adulta mayor, en base a este informe el juez dispone se mantenga en el centro a la persona, al verificarse el afecto y cariño que recibe.
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A la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo acudieron cinco ciudadanos de los cantones Quijos, El Chaco y Carlos Julio Arosemena Tola, para presentar una petición en contra de un local comercial ubicado en el Tena, por la venta de cocinas de inducción con engaños. Los peticionarios solicitaron la intervención de la Defensoría del Pueblo para la devolución de los artefactos.
En ese sentido, la Institución Nacional de Derechos Humanos solicita información al almacén comercial y convoca a una audiencia para resolver el conflicto. Luego de revisar los hechos, se acordó la devolución de las cocinas de inducción para lo cual se suscribieron cinco actas transaccionales, protegiendo así, los derechos del consumidor a recibir una información oportuna y verás.
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Una ciudadana acude a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para presentar una petición contra un resort vacacional con el cual firmó la suscripción por un año. Lamentablemente, cuando la ciudadana revisa detalladamente el contrato se da cuenta que no es conveniente, por lo que trata de comunicarse con la empresa para dejar insubsistente el mismo.
A través de correo electrónico y llamadas telefónicas trata de informar de su descontento y de cancelar el contrato, pero recibe excusas de la empresa. Al agotar todas las instancias de mutuo acuerdo para desistir del contrato se acerca a la Defensoría del Pueblo, quien llama a las partes y se llega a un acuerdo, con el que se protege los derechos del consumidor emanados en la Constitución y la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
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Extrabajadores de un establecimiento comercial ubicado en Mall Maltería Plaza en Latacunga indicaron que en el local se expendían productos caducados, de los cuales se borraban las fechas de caducidad a fin de que los consumidores no se percataran. Por esta razón, la Delegación provincial de Cotopaxi procedió a requerir el acompañamiento de la Comisaría Nacional para la verificación de los productos en mención y así tutelar el derecho de las personas consumidoras a recibir bienes de óptima calidad y a tener información clara veraz y oportuna. En el operativo interinstitucional se decomisaron 30 productos que presentaban anomalías, por lo que se procedió a la clausura del local comercial por parte de la Comisaría Nacional.
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Un grupo de estudiantes universitarios de la carrera de comunicación social solicitan a la Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo tutele su derecho a la educación, debido a que por presentar un proyecto audiovisual con plagio los docentes consideraron la expulsión de la carrera y de la universidad.
Los alumnos aseguraron haber pedido disculpas y solicitaron que se reconsidere la decisión de expulsarlos, pero los docentes no cedieron, advirtiendo que lo mejor era que se retiren ese semestre y regresen el siguiente, perdiendo el resto de materias. Tras las amenazas de los docentes, los estudiantes solicitan la intervención de la Defensoría del Pueblo, que a través de una gestión oficiosa lo logró tutelar el derecho a la educación de los peticionarios.
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Con fecha 22 de Agosto de 2016, llega a conocimiento de la Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo, un escrito en el que la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTI, mediante oficio firmado por su Presidenta manifiesta que una persona de su colectivo fue abusada sexualmente y producto del estrés postraumático se quitó la vida. Pese a la denuncia realizada a las autoridades competentes la persona culpable del abuso sigue libre, por lo que el Delegado Provincial de la Defensoría emite disposición de Vigilancia de Debido Proceso, dando inicio al trámite defensorial.
Se realiza de forma inmediata el informe preliminar de vigilancia de debido proceso, para lo cual se revisan datos relevantes en la indagación previa. En la Audiencia de Formulación de Cargos, la Defensoría del Pueblo estuvo presente cumpliendo el rol defensorial, en el cual se registra el cumplimiento de garantías básicas del Debido Proceso.
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Un ciudadano solicitó la intervención de la Defensoría del Pueblo debido a que el almacén Marcimex donde adquirió una computadora portátil no quiso hacerle valer la garantía de este equipo pese a que estaba dentro del tiempo de validez de la misma. El equipo ingresó a servicio técnico desde el mes de julio y hasta los primeros días de agosto no le resolvían el inconveniente. Por lo que la Coordinación intervino y convocó a audiencia pública al afectado y al representante de la empresa, en la cual se acuerda dejar sin efecto el contrato, devolver el artefacto al almacén y extender una nota de crédito al peticionario por el valor cancelado, tutelando finalmente el derecho como consumidor del peticionario.
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La Delegación de Santo Domingo conoció el caso de una ciudadana adulta mayor que aparentemente era agredida sexualmente en una casa de descanso por otros adultos mayores que también permanecían en este sitio y que además no tenía documento de identidad. Inmediatamente se da trámite el caso y se coordinó con MIES, Ministerio de Salud y Registro Civil a fin de verificar los hechos a través de una visita in situ. Se pudo evidenciar que la afectada tenía discapacidad para hablar y se la había encontrado en la calle por lo que no se tiene conocimiento de sus familiares. Por su parte, mies y salud realizaron diagnóstico sobre su estado, estas acciones han permitido la coordinación interinstitucional a fin de atender integralmente a la adulta mayor e incluso determinar el tipo y porcentaje de discapacidad que posee.
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Una ciudadana adulta mayor, con discapacidad y de bajos recursos económicos fue engañada por empleados de Almacenes Japón que llegaron a su domicilio y con engaños le indicaron que el gobierno le había enviado una cocina de inducción y sin firmar contrato o documento alguno le dejaron la cocina. La Coordinación Zonal 5 de inmediato intervino y se logró que se proceda a la eliminación del contrato que se elaboró sin el consentimiento de la ciudadana y a que se suspenda el cobro mensual en la planilla de energía eléctrica. A pesar de que en un inicio el área legal de Almacenes Japón no accedían a eliminar el contrato luego de varias llamadas y visitas del equipo de la Coordinación se logró llegar a un acuerdo y de esta manera se tutelaron los derechos de la afectada.
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Un ciudadano de bajos recursos económicos de San Miguel de Bolívar pidió la intervención de la Delegación en su caso por cuanto la Empresa de Agua Potable del Cantón procedió a cortar el servicio en su domicilio debido a una deuda con la Empresa. El ciudadano había solicitado que le den la posibilidad de cubrir esta obligación mediante un convenio de pago pero su pedido no fue aceptado. Admitida la petición se realizó una audiencia pública, donde se dió contestación al requerimiento realizado por el peticionario por parte de la Empresa de Agua Potable de San Miguel de Bolívar. Luego de expuesta la situación, la parte requerida accedió a dar de baja ciertos valores correspondientes a multas del usuario, rebajando notablemente la cantidad a ser cancelada únicamente al valor por el consumo.
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La Delegación de Los Ríos conoció el caso de una adulta mayor que mantenía una deuda con la Empresa de Agua Potable. La afectada se había acercado a negociar la deuda y pedir un convenio de pago sin embargo su pedido le fue negado y recibió amenazas con suspender el servicio por falta de pago. Inmediatamente se realizaron las acciones necesarias para precautelar los derechos de la adulta mayor y se logró reducir la deuda aproximadamente a la mitad por el beneficio de la tercera edad ya que la usuaria debía desde el año 2004 y en ese entonces no era adulta mayor, sino desde el año 2007 a la actualidad y del restante se logró realizar un convenio de pago tutelando así los derechos de la adulta mayor que es parte del grupo de atención prioritaria.
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Una persona del colectivo LGBTI presentó una queja ante la Delegación Provincial de Santa Elena, alegando que había sido vulnerado su derecho a la igualdad por parte del personal de la Terminal Terrestre Regional ‘Sumpa’ al prohibirle ingresar al baño de damas. Luego de admitida la queja se realizó una audiencia pública en la que se llegó a un acuerdo a efectos de evitar vulneraciones futuras, como la implementación de señalización específica en los baños públicos del terminal; disculpas públicas, y la realización de un taller sobre derechos del colectivo GLBTI al personal de la terminal terrestre ( administrativo, seguridad y personal de limpieza).
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Un ciudadano de nacionalidad argentina acudió hasta la Coordinación General Defensorial Zonal 6 (Azuay) para solicitar intervención. Su madre, una persona adulta mayor se encontraba internada en una casa de salud privada y mientras sus familiares no cancelen los valores generados por la atención prestada a la ciudadana, la misma no podía salir de dicha entidad. La Coordinación tomó contacto con los representantes legales de la casa de salud recordándoles los derechos constitucionales que tiene la paciente. El personal hospitalario accedió a dar el alta a la ciudadana garantizando así el cumplimiento de sus derechos y además teniendo en cuenta que se trataba de una persona adulta mayor, es decir requirente de atención prioritaria.
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Alfredo G. y María C., presentaron una queja ante la Delegación provincial, debido a que hace dos años entregaron en el Ministerio de Vivienda, la documentación para acceder al bono de la vivienda, formaron parte del listado de personas beneficiadas, pero hasta la fecha no se les ha entregado el dinero. La Delegación se acercó hasta el MIDUVI, en donde les informaron que para acceder a este bono debían depositar la cantidad de 500 dólares. La familia dijo que debido a su situación económica no contaban con ese valor por lo que les era imposible realizar dicho depósito.
Al momento de revisar la documentación, se evidenció que el esposo era una persona con discapacidad, por lo que con la documentación correspondiente se solicitó al Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), la inclusión del ciudadano al bono destinado para personas con discapacidad. Así también podría ser beneficiaron del proyecto de vivienda.
Cabe informar que gracias al trabajo realizado entre la Defensoría del Pueblo y el MIDUVI, se exoneró a la familia de realizar el depósito para la construcción de su vivienda y además pudieron gestionar para acceder a este bono económico.
La familia agradeció el trabajo conjunto realizado por esta entidades, que les permitió acceder a una vivienda y obtener una ayuda económica para su familiar.
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La organización no gubernamental RED pone en conocimiento de la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo el caso de una señora colombiana con estatus de refugiada cuyo hijo de 15 años intentó acceder al sistema educativo público, de conformidad al Convenio Andrés Bello y a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su reglamento. Pero a pesar de referirse a un adolescente de 15 años que curso en Colombia hasta el noveno año de educación básica, el Ministerio de Educación resolvió que debía rendir pruebas correspondientes al séptimo año de educación básica.
La Coordinación Zonal 9 admitió a trámite defensorial y se convocó a audiencia pública a la que acudieron las partes y en la que acordaron que el adolescente rendiría los exámenes correspondientes a noveno año de educación básica. La Defensoría realizó el seguimiento del caso hasta que finalmente la madre del adolescente fue notificada con la Resolución de habilitación para que su hijo curse el décimo año de educación básica en Ecuador.
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