Tras una petición del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades (Conadis), la Coordinación Zonal 2 de la Defensoría del Pueblo realizó una gestión oficiosa con el objetivo de tutelar los derechos de una persona con discapacidad, a quien no se le había respetado el descuento del 50% en el pago del servicio de luz eléctrica.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo se acercó a la empresa proveedora del servicio con la documentación de respaldo y dialogar con el titular de la empresa proveedora en la provincia de Orellana, quien después de conocer el caso procedió a realizar el respectivo descuento, extendiendo las disculpas pertinentes al peticionario.
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La Delegación Provincial de Pichincha luego de que el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional informará de la posible vulneración de derechos de una persona adulta mayor coordinó mecanismos de trabajo interinstitucional con el fin de precautelar la integridad de esta persona perteneciente a un grupo de atención prioritaria.
La persona adulta mayor trabajaba como empleada doméstica en una vivienda, donde no se le reconocían sus derechos laborales y sufría de violencia. Además se presumía que los empleadores habrían realizado préstamos a su nombre.
Tras conocer el caso la Defensoría del Pueblo coordinó con los ministerios de Trabajo e Inclusión Económica y Social, la Policía Nacional y el Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional acciones para que la ciudadana salga de la residencia de sus empleadores, ubicándola en un hogar temporal donde esté segura y protegida.
Asimismo, gracias al trabajo interinstitucional se logró que la persona adulta mayor reciba la indemnización laboral que por ley le correspondía (alrededor de USD 7.600), así como el pago de valores por concepto de préstamos quirografarios hechos a su nombre.
Con esta acción se buscó tutelar y garantizar los derechos constitucionales, humanos, laborales y de vida digna e integridad de la ciudadana adulta mayor, devolviéndole su proyecto de vida, autonomía y una vida libre de violencia.
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Una ciudadana presentó una queja en la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para que la Empresa Eléctrica de Ambato le devuelva los valores cancelados por un servicio que no utilizó.
El 1 de septiembre, la peticionaria solicitó el servicio de energía eléctrica provisional en la Empresa Eléctrica de Ambato, Regional Centro Norte, Agencia Pelileo para el sector del Mercado República de Argentina, pero lamentablemente por razones ajenas, el servicio no fue utilizado; por lo que se solicitó su devolución. Al hacer caso omiso a su pedido la ciudadana se acerca a la Defensoría del Pueblo para solicitar asesoría.
Luego de la intervención defensorial, las partes llegaron a un mutuo acuerdo, en el que la empresa proveedora del servicio devolvió los valores cancelados, tutelando los derechos de usuarios de servicios públicos contemplados en la Constitución y la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
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Una estudiante de bachillerato se acercó a la Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo para solicitar su intervención y así se tutele su derecho a la educación, pues en el Distrito Educativo 5 de Latacunga se negaban a otorgarle un cupo, aduciendo que la estudiante estaba matriculada en la parroquia rural Toacaso y que no era admisible el cambio, pese a que presentó documentos en los que se comprobó que su vivienda está ubicada en el barrio La Cocha del cantón Latacunga.
Por esta razón, la Defensoría del Pueblo mediante gestión oficiosa se trasladó a la Unidad Educativa donde se informó que no existía la posibilidad de extender un cupo por no tener y verificó la disponibilidad. Posteriormente, se explicó los acontecimiento a la Directora Distrital, quien después de conocer el caso, dispuso la inmediata inserción escolar de la alumna en la institución educativa. Ahora la adolescente asiste regularmente a sus clases en el horario vespertino.
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Un ciudadano presentó una petición en la Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo, en la que solicita hacer efectivo su derecho de acceder a la información pública, puesto que la Corporación Nacional de Telecomunicaciones no facilitó la documentación de un trámite de coactiva.
Luego de escuchar a ambas partes y de revisar la documentación pertinente, se resuelve haciendo énfasis en que al formularse una solicitud verbal o escrita por parte de un usuario o usuaria, la institución requerida por obligatoriedad debe responder el requerimiento, la respuesta es importante debido a que en ella se materializa el derecho de recibir la información por parte de la institución. Por lo que se exhortó a la Corporación Nacional de Telecomunicaciones de Pastaza, que ante las inquietudes de sus usuarios y usuarias, emitan una respuesta motivada y comprensible para los ciudadanos.
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La Delegación provincial de Santo Domingo, conoció el caso de una persona de nacionalidad colombiana que al ejercer comercio autónomo en la vía fue agredido por varios policías municipales. Una vez que la denuncia no fue recibida en la Fiscalía por no contar con los nombres de los agresores, se aperturó la investigación en esta Delegación para precautelar los derechos a la integridad personal y el derecho a la igualdad y no discriminación del afectado. Se está esperando respuesta por parte de la Institución Policial, además se espera realizar capacitaciones en derechos humanos a los policías municipales.
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La Defensoría del Pueblo intervino en el caso de una joven estudiante que se auto identifica como persona trans-femenina y que no se le permitía el ingreso al baño de mujeres de su Unidad Educativa ubicada en Balzar – Guayas. La Coordinación Zonal 5 de la Defensoría del Pueblo, con sede en Milagro, actuó de manera inmediata al conocer el caso, para lo cual se reunió con las autoridades de la Unidad Educativa y posteriormente con su similar del Ministerio de Educación. Los acuerdos obtenidos entre las entidades buscan restablecer los derechos vulnerados de la afectada y promover los derechos humanos, con enfoque de género, en la Unidad Educativa, mediante talleres con la participación de actores del Ministerio de Educación, del colectivo LGBTI y de la Defensoría del Pueblo.
La Coordinación Zonal 5 del Ministerio de Educación solicitó corregir cualquier disposición atentatoria a los derechos reconocidos por la norma constitucional y dispuso a las autoridades del establecimiento educativo que permitan que los estudiantes pertenecientes al colectivo LGBTI de su Unidad Educativa puedan hacer uso del baño de las damas.
El trabajo coordinado realizado entre las instituciones y la apertura por parte del rectorado de la Unidad Educativa permitieron que este caso sea resuelto en un corto plazo, garantizando el derecho de las personas pertenecientes a este grupo de atención prioritaria.
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Los representantes de la Asociacion de Policias Retirados de Bolívar presentaron en esta Delegación una queja debido a la falta de respuesta ante la solicitud presentada al Gad Municipal de Guaranda para que se investigue la desaparición de una estatua de propiedad de la Asociación. Admitida la queja se notificó al Gad para que de contestación a este requerimiento, en vista de que la Institución requerida no dio contestación se convocó a las partes a audiencia pública en la que se acordó solicitar por parte del Gad los respectivos informes para determinar las causas de la desaparición de la estatua y a los responsables del hecho.
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Una ciudadana presentó en esta Delegación una queja contra la empresa CNEL por una facturación elevada sin justificar (900 usd). Una vez admitido el reclamo se convocó a las partes a una audiencia pública; tras aplazamiento solicitado por Cnel y aceptado por la peticionaria se celebra audiencia pública posteriormente, en la que se llega al acuerdo de firma de convenio de pagos, en cómodos plazos para la usuaria.
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Una ciudadana presentó una queja en contra de la Cooperativa de Transporte Galápaguera por una presunta vulneración al derecho al trabajo, ya que se le impedía carreras por medio de la radio aduciendo que tenía multas acumuladas. En audiencia pública se logró el acuerdo de que la cooperativa levante la sanción de impedimento de recibir carreras a la unidad vehícular de la afectada. Durante el proceso se pudo evidenciar que la peticionante no fue informada de manera oportuna de la sanción y de las multas.
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Una ciudadana se acercó a la Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo para presentar una queja contra una Unidad Educativa particular por no permitir que sus dos hijos continúen con sus estudios, debido a una deuda pendiente que mantenían los progenitores con el establecimiento.
Pese a los abonos realizados la deuda continuaba por lo que el centro educativo decidió pasar el caso al departamento jurídico. A uno de los estudiantes no se le pasó las notas a tiempo, lo que imposibilitó la matriculación, pese a que el Distrito de Educación dispuso que el estudiante fuera inscrito.
En ese sentido, se realizó una audiencia pública con ambas partes y representantes del Ministerio de Educación, en donde se logró legalizar la matrícula de los menores y llegar a un acuerdo de pago de la deuda.
Con esta intervención se logró tutelar el derecho a la educación y a recibir servicios públicos y privados con calidad, calidez, eficiencia y eficacia.
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El señor Alberto Cobo acudió a la Defensoría del Pueblo para solicitar se tutele su derecho a la salud, pues recibió un mal servicio por parte del Hospital Carlos Andrade Marín y el Dispensario Médico de Cotocollao, ambos pertenecientes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El peticionario acudió a la unidad de emergencias del Dispensario Médico de Cotocollao del IESS, lugar en el que no fue apropiadamente atendido debido a que la médica especialista manifestó estar ocupada y no poder ayudarlo, en tal virtud fue asistido por dos médicos practicantes, quienes no completaron el procedimiento necesario para su recuperación. Por tal motivo acudió al Hospital Carlos Andrade Marín, donde de igual manera el médico especialista no pudo atenderlo y fue tratado por la médica practicante, quien siguiendo las instrucciones del médico especialista realizó el procedimiento, sin embargo el peticionario manifiesta que durante el proceso faltaron el respeto a su intimidad además de recibir un pésimo servicio tanto en la calidad como en la calidez. Además el procedimiento fue mal hecho y al día siguiente tuvo complicaciones, obligándolo a ir a un médico particular, donde continuó su tratamiento.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo emite una resolución en la que recomienda que no se impongan cargas administrativas a las personas usuarias, se tenga registro de la atención médica, se brinde un servicio de calidad y calidez respetando la intimidad de las personas usuarias, y que en el caso de ser asistidos por médicos practicantes se requiera la autorización del paciente.