Un ciudadano del Cantón Carlos Julio Arosemena Tola acude a la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo para presentar una queja, a través de su abogado patrocinador, en contra de la municipalidad por una presunta vulneración al derecho de petición.
La persona indica que presentó un escrito y documentos adjuntos solicitando el permiso de uso de suelo para el funcionamiento de una discoteca pero lamentablemente señala que el cabildo no le facilitó la información.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo inició una investigación defensorial y notificó a las partes con la providencia de admisibilidad, solicitando a la municipalidad un informe sobre la queja planteada. Luego de este proceso, el peticionario recibió una respuesta a la solicitud.
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Un ciudadano comparece a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para presentar una petición contra un local comercial por no respetar el acuerdo de garantía extendida de un teléfono celular.
La Defensoría del Pueblo al conocer el caso y con el fin de proteger los derechos del consumidor del peticionario inició una investigación defensorial, en la que se verificó que el celular sufrió un daño y fue entregado al personal técnico del almacén para su reparación. Lamentablemente, los técnicos le indicaron al ciudadano que el celular tiene un daño en la batería y no brindan una explicación razonable de lo ocurrido con el aparato.
Por esta razón, se realiza una audiencia pública en la que se llegó a un acuerdo entre las partes, en el que la parte accionada se compromete a reconocer al peticionario la cantidad de USD 500 para la adquisición de un nuevo celular.
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Una ciudadana presentó su reclamo en la Delegación Provincial de Cotopaxi de la Defensoría del Pueblo contra una persona que contrató para la elaboración de muebles de cocina y puertas para su domicilio por la suma de USD 3 000 y que ha incumplido con el contrato al demorarse en la entrega.
Por este inconveniente, la peticionaria quiso desistir del servicio solicitando el valor cancelado, pero el contratista no accedió. Al presentarse esta situación, acude a la Defensoría del Pueblo, institución que trata de mediar entre ambas partes, a través de una gestión oficiosa, logrando que los muebles sean instalados en el plazo máximo de un mes.
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Una persona con discapacidad acude a la Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo para manifestar que ha sido víctima de discriminación por parte de funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, en relación al ámbito laboral.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo inicia un trámite de investigación defensorial, realizando visitas in situ, recopilación de documentación, entrevistas, y más estrategias con el fin de determinar lo sucedido. La peticionaria informa que las autoridades de la institución han actuado conforme corresponde sin menoscabar sus aptitudes ni actitudes y que le han permitido laborar de forma positiva, pero que del resto de funcionarios/as recibe un trato hostil.
Al respecto, la Defensoría del Pueblo conminó a la máxima autoridad – mediante una resolución defensorial- a que impulse a través del área de talento humano estrategias que permitan sensibilizar a sus servidores/as, para que exista un trato respetuoso y humano en la institución. Con esta resolución se busca proteger los derechos de las personas con discapacidad, en relación al derecho de no discriminación en el ámbito laboral.
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Ciudadano de la ciudad de Guaranda presenta su queja en esta Delegación por una presunta demora en el despacho de un trámite ante el Municipio de Guaranda para la reconstrucción de un bien inmueble ubicado en el centro histórico de la ciudad. El trámite no ha tenido respuesta por un año. Admitida a trámite la petición se procedió a notificar al GAD municipal y se recibió respuesta por escrita indicando que se procederá continuar con el trámite de manera inmediata.
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Una ciudadana acude a la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo para manifestar que contrató una membresía con la empresa Green 9 – Casa Blanca pero que al transcurrir el tiempo consideró que no era necesario continuar con dicho beneficio, por lo que solicitó cancelar el contrato. La empresa entonces le informó que no podía hacerlo y adicionalmente cobraron USD 605,00 de su tarjeta, valor anual que paga por una semana de vacaciones.
En tal virtud, solicita la intervención de la Defensoría del Pueblo, institución que a través de una gestión oficiosa logró que la empresa envíe por correo electrónico la carta de resciliación del contrato para la revisión, y de no existir observaciones se proceda a finiquitar el contrato.
Además se acordó que peticionaria tenga derecho -por los cobros realizados- a una semana de vacaciones en temporada media del año 2017, reservando con 60 días de anticipación.
De esta forma se garantizó el derecho de la peticionaria a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.