Ante los hechos ocurridos el día 19 de junio de 2017, en la Academia Aeronaútica “Mayor Pedro Travesari”, en los que se negó el ofrecimiento de disculpas públicas a los 41 niñas y niños víctimas de atentado contra el pudor por parte de su profesor, y a sus familiares, el Defensor del Pueblo, en defensa de los derechos constitucionales de las víctimas, expresa lo siguiente:
- La sentencia del Tribunal Tercero de Garantías Penales de Pichincha, de forma clara y expresa, dispone a las autoridades de la Academia Aeronáutica “Mayor Pedro Travesari”, la reparación inmaterial, simbólica, y el reconocimiento del derecho a la verdad en este caso. Esto significa, para las niñas y niños que fueron víctimas, la posibilidad de reparar en algo el daño causado en su integridad psicológica y sexual, y abrir una puerta para ofrecerles, como sociedad, la recuperación de la confianza, la autoestima, el libre desarrollo de su personalidad y la continuidad de su proyecto de vida. Por lo tanto, el Defensor del Pueblo rechaza aquellas prácticas que, de manera insensible y burda, pretenden negar injustificadamente la garantía de los derechos de las 41 niñas y niños afectados. Igualmente, se solidariza con las víctimas y sus familias por tan reprochables actos.
- La connotación de inmaterial y simbólica de la reparación integral de las 41 víctimas implica un importante mensaje al Estado y la sociedad, para prevenir que se vuelvan a repetir hechos como el abuso sexual a niñas y niños por parte de docentes o trabajadores, en esta y en otras instituciones educativas. De allí que distorsionar un acto de reparación, en las condiciones que se produjo en la Academia Aeronáutica “Mayor Pedro Travesari” el día 19 de junio, deja como resultado un adverso precedente y contribuye a perpetuar la impunidad y la indefensión de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran vulnerables frente a las agresiones sexuales y violencia.
- El Defensor del Pueblo rechaza, de igual manera, el contenido de la placa que fue develada, en virtud de que pretende eludir la responsabilidad directa de la Academia Aeronáutica “Mayor Pedro Travesari” y transferirla de manera general al “sistema educativo”, cuando fue en el propio colegio, en sus instalaciones en los que ocurrieron los hechos, y en consecuencia es la entidad educativa la que debe asumirlos, evitando imponer un desacertado discurso de daño mediático institucional.
- En relación al punto anterior, la sociedad debe recordar que la reparación inmaterial a través de un espacio de memoria, más allá de la sentencia, debería implicar un acto de reconciliación y perdón entre las autoridades de la Academia Aeronáutica “Mayor Pedro Travesari”, con las 41 víctimas y sus familias, y constituirse en un mecanismo efectivo para aliviar el sufrimiento emocional. Además, para ellos y para nosotros como integrantes de la sociedad, recordar los hechos aporta en la conciencia sobre la necesidad de respetar el cuerpo y los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como de la importancia de proteger y defender, con valentía y tenacidad, su integridad y dignidad.
En consecuencia, reivindicamos el derecho a la reparación inmaterial justa y digna para los 41 estudiantes víctimas de abuso sexual en la Academia Aeronáutica “Mayor Pedro Traversari” y exigimos a sus autoridades, un ejercicio honesto, responsable y ético en el cumplimiento de la sentencia del Tribunal Penal. Además, solicitamos a esta instancia, una valoración de estos hechos, preservando los principios constitucionales e internacionales de la reparación integral y el interés superior.
Ramiro Rivadeneira Silva
DEFENSOR DEL PUEBLO
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