La Defensoría del Pueblo presentó en Milagro una acción de protección a favor de una adolescente con discapacidad, a quien se le había suspendido la medicación por parte del hospital León Becerra.
La Coordinación General Defensorial Zonal 5 de Milagro, inició una investigación defensorial al tener conocimiento sobre la falta de medicamentos para personas que requieren tratamiento de por vida en el Hospital León Becerra, afectando su derecho a la salud. Entre las personas afectadas, se encontraba una adolescente que requería del medicamento Fenobarbital, indispensable para su condición médica.
La adolescente presentaba un cuadro de epilepsia, microcefalia discapacidad intelectual y parálisis cerebral espástica, que se mantiene controlada con el uso de Fenobarbital, lo que la convierte en una persona requirente de atención prioritaria.
Anteriormente, la Coordinación General Defensorial Zonal 8 de Guayaquil, ya había solicitado al Ministerio de Salud, la adquisición del medicamento, pero este acuerdo no fue respetado, pues la paciente no podía acceder a su tratamiento.
En tal sentido, la Coordinación de Milagro de la Defensoría del Pueblo, se vio en la necesidad de presentar una acción de protección contra la Coordinación del Ministerio de Salud de Milagro y la casa de salud León Becerra por no garantizar el acceso a la salud a la paciente.
La casa de salud León Becerra había presentado una apelación ante la primera sentencia que favorecía la situación de la paciente. Sin embargo la Corte ratifica su sentencia en la instancia de apelación y les ordena el cumplimiento de la misma.
La Corte Provincial ordenó al Ministerio de Salud la tramitación inmediata para la adquisición de esta medicina. Además solicitó a la institución nacional de derechos humanos, realizar la vigilancia al cumplimiento de esta resolución, a fin de no continuar vulnerando los derechos de la persona afectada.
Cabe mencionar que el Fenobarbital es un medicamento genérico que consta en el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos, aprobado por el Consejo Nacional de Salud, por tanto de adquisición obligatoria de acuerdo a la demanda nacional