PRONUNCIAMIENTOS

Pronunciamiento del Defensor del Pueblo con respecto a la discriminación en los medios

martes, 13 noviembre 2012, 1:20 pm

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La Constitución de la República reconoce que todas las personas, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades que habitan en el Ecuador son libres e iguales, con los mismos derechos y las mismas oportunidades. Esto se convierte en el principal patrón jurídico de las acciones sociales para garantizar una sociedad incluyente, respetuosa de los derechos fundamentales, las culturas y la diversidad.

Pero más allá de su validez jurídica, la libertad, la igualdad y la no discriminación, son la insignia de la convivencia pacífica y la democracia. Por lo tanto, es imperativa su presencia en el mundo de la vida como presupuesto axiológico. Los sentimientos de superioridad, los miedos o los prejuicios, se encuentran arraigados en el sistema de creencias, normas sociales y costumbres de un grupo social que se considera “normal” o “superior”, y rechaza, humilla, explota o excluye a otros grupos sociales vistos como “amenazas”, “anormales” o “inferiores”, perjudicando sus derechos fundamentales y su desarrollo.

Estas prácticas se han reforzado históricamente a través de las instituciones sociales formales o informales como la familia o la escuela, pero principalmente por los medios de comunicación como agentes de socialización por excelencia. En la sociedad moderna, las imágenes son los principales patrones de comprensión de la “realidad”, que se encuentra distorsionada mediante estereotipos y fenotipos que justifican la desigualdad social, la pobreza, la exclusión y los prejuicios.

Podemos decir, con absoluta seguridad, que a través de la historia, los mass media han legitimado las distinciones que menoscaban, disminuyen o anulan los derechos fundamentales y la igualdad de oportunidades, en el caso ecuatoriano, a través de los programas de comedias, las noticias, las notas de crimen, los programas de farándula, las fotografías o los mensajes de publicidad. De forma licenciosa y sistemática, en estos mensajes se refuerzan estereotipos y fenotipos y se invisibilizan grupos sociales y culturas enteras, afectando a un setenta por ciento de la población de Ecuador, que resulta diferente del “estandar” occidental.

El tema más visible es el reforzamiento de estereotipos en cuanto al género. Al respecto, el Proyecto Monitoreo Global de Medios (GMMP por sus siglas en inglés) revela que en Ecuador, el 83 por ciento de programas de comedia nacionales refuerzan estereotipos de género; así como los programas de farándula nacional, donde los estereotipos se refuerzan en un 100 por ciento. Por su parte, el Observatorio Ciudadano de la Comunicación de Cuenca destaca que el 42 por ciento de las notas periodísticas y el 50 por ciento de las notas de crimen, también refuerzan los estereotipos de género.

Otro caso es la invisibilización. El monitoreo a la publicidad en medios realizado por la Defensoría del Pueblo en el año 2012, manifiesta que las personas adultas mayores son casi inexistentes (menos del 1 por ciento) en anuncios publicitarios. En el mismo caso están las personas afrodescendientes e indígenas con el 4 por ciento. Por su parte, los afrodescendientes son encasillados en roles delincuenciales o en conflicto con la ley. Adicionalmente, el fenómeno de la violencia surge muchas veces como consecuencia de la discriminación, primero, las personas discriminadas son más propicias a ser víctimas de conductas violentas; y, segundo, las personas que han sufrido discriminación, tienden a actuar de manera violenta o a reaccionar de tal manera.

Frente a esta situación, que resulta alarmante, las personas, de forma individual y colectiva, demandan una respuesta institucional urgente y efectiva que asegure el pleno ejercicio de igualdad como derecho fundamental. En este contexto, es reprochable que se haya detenido la expedición de una ley que regule los mensajes que inciten a la violencia, la discriminación o la apología del delito, por causa de las agendas propias y los intereses político partidistas en la Asamblea Nacional, dejando la garantía de igualdad y no discriminación, en las consideraciones éticas de los medios de comunicación y las empresas de comunicación.

Aquello no obsta que la Defensoría del Pueblo haga uso de las herramientas constitucionales para incidir en el cambio de los patrones de comprensión de la realidad que se socializan en los medios de comunicación social. Por su parte, la Ley de Radio y Televisión que se encuentra vigente, en el artículo 58 y siguientes, establece con claridad las prohibiciones y responsabilidades en las que incurren las radiodifusoras y la televisión, cuando sus mensajes incitan a la violencia, al odio, hacen apología del delito, atentan contra la moral, las buenas costumbres y realizan publicidad, artículos o actividades que estén prohibidas en las leyes, Esta norma concuerda con los artículos 16.1. y 18.1. de la Constitución de la República del Ecuador y artículo 13 numerales 1, 2, 3, 4 y 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Porque ya es hora de contar con discursos mediáticos consecuentes con la dignidad humana, pero es esencial romper los paradigmas de superioridad e inferioridad para construir un modelo de sociedad que aprecie las diferencias. La amenaza real, lo verdaderamente anormal, es continuar justificando la desigualdad y la exclusión.

Por tanto, asumimos el deber y el compromiso de proteger y defender el derecho a la igualdad, asociando el problema de la discriminación a sus raíces desde donde debe nacer el cambio histórico y cultural hacia prácticas mayormente humanas y justas.

Por un Ecuador igualmente libre e igualmente digno y sin discriminación.

 

Ramiro RIvadeneira Silva

DEFENSOR DEL PUEBLO