PRONUNCIAMIENTOS

Pronunciamiento sobre el caso Luluncoto

jueves, 18 octubre 2012, 2:21 pm

BannerPronunciamientos-PronunciamientoSobreElCasoLuluncoto

Señores

Medios de comunicación social

Ciudad.-

Con relación a la información difundida el 18 de octubre a través de los periódicos digitales “ecuadorenvivo.com” y “ecuadorinmediato.com”, y en diario Hoy el 20 y 22 de octubre de 2012, con respecto a la decisión de la Comisión Especializada de Derechos Colectivos, Comunitarios y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional, de invitar nuevamente al Defensor del Pueblo para que informe sobre las actuaciones de la entidad en la vigilancia del derecho al debido proceso en el caso “Luluncoto”, mediante el presente manifestamos lo siguiente:

El ejercicio de la vigilancia del debido proceso es una competencia de la Defensoría del Pueblo como órgano de la Función de Transparencia y Control Social, que debe ejercerse siempre sin influir sobre el fondo de la causa, evitando favorecer intereses particulares. En este sentido, dentro del “Caso Luluncoto” hemos cumplido con esa vigilancia con inmediación y celeridad, desde el momento de la petición formulada por parte del asambleísta Jorge Escala, lo que ha sido oportunamente informado mediante sendos oficios tanto al mencionado legislador como a la Comisión presidida por la legisladora Lourdes Tibán cuando lo ha sido requerido.

En consecuencia, la Defensoría del Pueblo rechaza las afirmaciones realizadas por los miembros de la Comisión en el sentido de que no ha existido respuesta a sus requerimientos de información. Cabe indicar sí que el Defensor del Pueblo se abstiene de responder a las seis preguntas planteadas por el legislador Jorge Escala, pues como se puede apreciar, en las mismas se hacen afirmaciones o valoraciones no sustentadas que motivarían un pronunciamiento indebido de la Defensoría del Pueblo sobre temas de fondo que tienen que ser resueltos por los jueces y fiscales responsables de este proceso, acatando plenamente el principio de independencia judicial garantizado en nuestra Constitución.

El Defensor del Pueblo no permitirá que se pretenda usar a la institución defensorial como una herramienta política en beneficio de intereses partidistas; y, en ejercicio de nuestras atribuciones, continuaremos observando que se cumplan y respeten todas las garantías procesales a las que tienen derecho las personas procesadas en el presente caso sin interferir con ello en las competencias de la autoridad pública observada o influir en las decisiones sobre el fondo del mismo.

Atentamente,

Ramiro Rivadeneira Silva

DEFENSOR DEL PUEBLO