Ante un hecho de violencia en contra de un joven afrodescendiente, por parte de agentes de control del Municipio de Quito, la Defensoría del Pueblo de Ecuador (DPE) impulsó una investigación defensorial.
El viernes 15 de marzo de 2024, un joven afroecuatoriano fue agredido por funcionarios del Cuerpo de Agentes de Control del GADM del municipio de Quito (CACMQ), quienes realizaban un operativo por las inmediaciones de la Universidad Central en Quito. El hecho, que quedó registrado en video, fue denunciado en redes sociales y provocó el rechazo ciudadano.
La Defensoría del Pueblo conoció del tema y en función de episodios similares ocurridos en contra de población afrodescendiente, abrió, de oficio, una investigación a fin de determinar lo sucedido.
La Dirección Nacional del Mecanismo de Promoción y Protección de los Derechos de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas, Afroecuatorianas y Montuvias de la DPE, fue la encargada de llevar a cabo la investigación defensorial y remitir un informe al Cuerpo de Agentes de Control del Municipio de Quito con varias recomendaciones, a fin de reparar lo sucedido con el joven universitario.
El CACMQ, por su parte, remitió a la Defensoría del Pueblo el documento en el cual dio a conocer la sanción que recibieron dos de sus funcionarios, luego de un acto calificado como discriminatorio en contra de Carlos Méndez Criban, violentada en el contexto antes señalado.
En respuesta a la petición de la Defensoría del Pueblo, la entidad municipal señaló que luego de un levantamiento de información, y en cumplimiento al debido proceso y el derecho a la defensa en torno a la investigación de los hechos suscitados el 15 de marzo de 2024, se resolvió destituir a un servidor del Cuerpo de Agentes de Control, por cuanto se concluyó que efectivamente el servidor incurrió en una falta administrativa muy grave, mientras que a un segundo funcionario se le aplicó una sanción pecuniaria (según el ART 42 en su numeral 4 en concordancia con el ART 45 del COESCOP), que corresponde a la sanción mayor del 8% de su remuneración mensual, por cuanto se dedujo que el servidor incurrió en la falta administrativa grave, establecida en el Art. 289 numeral 11 del Código Orgánico de las Entidades de las Seguridad Ciudadana y Orden Público, esto fue: desobedecer órdenes legítimas verbales o escritas o inobservar el procedimiento establecido, cuando ello afecte al servicio o al orden institucional”.
Además, se informó que en el espacio “Comunicados” de la página web del Cuerpo de Agentes de Control se ofrecieron disculpas públicas al joven afectado y su familia y la entidad recordó su deber de respetar los derechos de las personas.
Finalmente, el CAC llevó a cabo un proceso de capacitación a las personas servidoras de la institución, en temas de derechos humanos y derechos
colectivos con énfasis en perfilamiento racial.
De esta manera la DPE, reitera su compromiso de trabajar por promover espacios libres de violencia y discriminación, donde la igualdad en derechos sea una realidad al alcance de todos y todas las ciudadanas.
Dirección de Comunicación e Imagen Institucional
Defensoría del Pueblo de Ecuador