La Constitución de la República, en su artículo 215 señala que la Defensoría del Pueblo tiene por funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del Ecuador; además, conforme a los Principios de Paris[1], es la Institución Nacional de Derechos Humanos de Ecuador, cuyo mandato es la protección y promoción de los derechos humanos.
El segundo inciso del Artículo 2 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo establece claramente que la INDH tiene la responsabilidad de promover, proteger y tutelar los derechos de todas las personas dentro del territorio estatal. Asimismo, según los objetivos delineados en el Artículo 3, literal a) de dicha ley, se destaca el cometido de ejercer la magistratura ética en derechos humanos y de la naturaleza.
El 25 de noviembre tiene una connotación histórica y de relevancia internacional en conmemoración de la activista dominicana Minerva Mirabal, quien manifestó «Si me matan, sacaré los brazos de la tumba y seré más fuerte», frase que utilizaba a principios de la década de los 60 para responder a quienes le advertían de que el régimen del presidente Rafael Leónidas Trujillo iba a matarla.
El 25 de noviembre de 1960, su cuerpo apareció destrozado en el fondo de un barranco, en el interior de un jeep junto con dos de sus hermanas, Patria y María Teresa, y el conductor del vehículo, Rufino de la Cruz.
Como consecuencia de estos hechos y por la lucha de las hermanas Mirabal, en 1999 la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 25 de noviembre como “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.
Al conmemorar esta fecha importante para la prevención y erradicación de violencia contra la mujer, esta Institución de Derechos Humanos reconoce los importantes avances del Estado ecuatoriano, como son: la expedición de la Ley de Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, el Plan Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; el Modelo de Gestión del Sistema Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; así como la institucionalización del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos como ente rector del Sistema; así como el inicio de la primera versión del Registro Único de Violencia.
Históricamente el Estado ecuatoriano se ha mantenido silente y alejado de la violencia que sufren y sufrían las mujeres; debiendo recordar que disposiciones del extinto Código de Procedimiento Penal prohibía denuncias entre conyugues, y que fue recién en el año de 1995 que Ecuador contó su primera Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia así como la institucionalización de sus primeras Comisarias de la Mujer, logros obtenidos por la suscripción del Ecuador tanto de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las mujeres- CEDAW (1981) como de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer de Belém do Pará (1995). Pese a estos hechos históricos, la deuda con las mujeres víctimas de violencia en el Ecuador se mantiene.
El camino para que el Estado reconozca su obligación con las mujeres sigue siendo estrecho; la lucha social de las organizaciones de mujeres, la sociedad civil, las madres trabajadoras, las hijas, las abuelas, las obreras han dado resultados; recordamos como Matilde Hidalgo en su lucha feminista fue la primera mujer en Latinoamérica en sufragar y la primera mujer en ejercer un cargo de elección popular en el Ecuador; ahora si bien es cierto la participación política de las mujeres ha crecido y es garantizada por el Estado, aún existen una posición patriarcal que desmerece y descalifica a las mujeres que se candidatizan, la violencia política es una realidad que coarta el ejercicio de derechos de candidatas, servidoras públicas y lideresas de los derechos humanos y de la naturaleza; debiendo el Estado proteger a las mujeres para que dentro de una elección popular y de esta manera no se instrumentalicen estereotipos de roles de género.
Por otro lado, según la plataforma informática del Consejo de la Judicatura femicidos.ec, en el primer semestre de 2023 dio cuenta de 263 casos de muertes violentas. Es decir, en lo que va del año, en Ecuador se ha matado violentamente a una mujer cada 17 horas, es decir, más de una víctima por día. Según los datos recopilados, el 18 % de las muertes violentas de mujeres fue por femicidios, lo que implica que las víctimas fueron matadas por el hecho de ser mujeres, en medio de relaciones de poder[2].
Esta situación demuestra la grave condición que viven las mujeres día a día y que su derecho a una vida libre de violencia se menoscaba de una manera sistemática; en el año 2023 hemos presenciado actos execrables de violencia como son los casos de femicidios de “Ortencia” en Imbabura, “Letty” en Pichincha o “Abigail” en Cañar y Azuay que se replican en todo el territorio nacional y demuestran que el mero hecho de ser mujer es un riesgo latente hacia la integridad y a la vida y que el Estado ecuatoriano como garante de derechos debe tomar las medidas necesarias al respecto.
Si bien es cierto el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos inició el proceso de Registro Único de Violencia, se observa que en su primera versión no constan todas las instituciones del sistema de prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres; lo cual impide tener datos específicos en torno al fenómeno social de violencia contra la mujer, y se constituye en una limitación para la creación e implementación de las acciones de prevención focalizadas y especializadas que pueda brindar el Estado en un territorio determinado. También se limita el que los operadores de justicia cuenten con una herramienta para la toma de medidas especializadas para las mujeres víctimas de violencia y sus agresores.
Finalmente, esta INDH hace un llamado especial al Estado con relación a las mujeres privadas de la libertad; que por el contexto de crisis carcelaria viven con un alto riesgo de ser víctimas de violencia en los diferentes centros de privación de libertad; en donde el estado es el único responsable de la seguridad de este grupo de mujeres debiendo promover dentro del sistema de rehabilitación social herramientas efectivas para el cuidado y autocuidado de la población carcelaria femenina.
En consecuencia, la Defensoría del Pueblo del Ecuador exhorta al Gobierno del Presidente de la República:
– Promover la funcionalidad integral del Sistema Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, en coordinación con todas las instituciones que conforman esta instancia en búsqueda del fortalecimiento de la prevención, atención y reparación para mujeres víctimas de violencia.
– Acelerar los procesos necesarios para contar con un Registro Único de Violencia que integre a todas las instituciones del estado para contar con una herramienta funcional y adecuada para la toma de decisiones basadas en datos integrados; y de esta manera enfocar la atención del estado de manera especializada.
– Fortalecer las políticas de atención a las mujeres víctimas de violencia bajo un enfoque interseccional; para ello se debe tomar en consideración para los procesos de atención los insumos técnicos desarrollados por los Consejos Nacionales de la Igualdad y de esta manera tomar en consideración diferentes interseccionalidades y categorías de las necesidades específicas de mujeres en movilidad humana, mujeres indígenas, afroecuatorianas y montubias; niñas, adolescentes y adultas mayores, mujeres con discapacidad, y mujeres en la diversidad sexo genérica incluyendo mujeres transgénero; para lo cual es necesario reformar el Plan Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
– Promover los debates necesarios para tomar en consideración la problemática de la violencia sexual digital. Para ello, es necesario generar la estrategia adecuada de prevención, atención y reparación para este tipo de casos considerando el desarrollo de las tecnologías de la información y el aparecimiento de un nuevo factor como es el de la Inteligencia Artificial.
– Generar los debates y mesas de trabajo con las entidades competentes para adoptar los protocolos y medidas de prevención y atención integral de la violencia contra las mujeres en los espacios de las organizaciones políticas e instituciones públicas.
– Generar una política de prevención y erradicación de la violencia en los centros de rehabilitación social y centros de privación de libertad tomando en consideración las necesidades propias de las mujeres privadas de la libertad y el deber del Estado de garantizar el ejercicio de derechos en el entorno carcelario y del sistema de rehabilitación social.
La Defensoría del Pueblo como Institución Nacional de Derechos Humanos reafirma por medio del presente pronunciamiento su compromiso con la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en toda su diversidad, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; así como se mantendrá vigilante de las acciones que emprenda el Estado en torno a esta problemática estructural.
[1] La Asamblea General de Naciones Unidas, mediante Resolución 48/134 de 4 de marzo de 1994 acogió los Principios de París y, entre otras disposiciones, alentó el fortalecimiento de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos de acuerdo con estos Principios.
[2] https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/reporte-primer-semestre-femicidios-ecuador/