En busca de protección a su derecho a la salud y a la vida, un ciudadano presentó una acción de protección con medida cautelar para poder garantizar su tratamiento médico.
Antonio L., afiliado del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), fue derivado al Hospital SOLCA de Portoviejo, luego de detectársele cáncer de próstata, pero desde abril de 2016 no estaba recibiendo un medicamento necesario para el tratamiento de su enfermedad.
Esta medicina fue recetada por los médicos de SOLCA, sin embargo el ISSFA no autorizó la cobertura, ya que no está considerada dentro del cuadro nacional básico de medicamentos del Ministerio de Salud.
Luego del proceso judicial correspondiente, la Jueza de la Unidad Judicial Segunda de Violencia contra la Mujer y Familia del cantón Manta, a través de su sentencia aceptó la acción de protección presentada por el ciudadano, pero el Ministerio de Salud, el ISSFA y la Procuraduría General del Estado apelaron dicha decisión.live streaming film Power Rangers 2017 online
La Defensoría del Pueblo al tener conocimiento de este caso, ofició a través de su Coordinación General Defensorial Zonal 4, un Amicus Curiae, pues se estaban poniendo en peligro varios derechos como la salud, la vida digna y la integridad personal; siendo sustentando en segunda instancia, ante los señores Jueces de la Sala de lo Civil de la Corte Provincial de Justicia de Manabí.
El 24 de abril del presente año, la Sala dictó sentencia reformando la anterior, y declarando la vulneración de derechos constitucionales del ciudadano Antonio L. Además dispuso la restitución de los derechos afectados, solicitando al Ministerio de Salud Pública viabilizar de forma inmediata la autorización solicitada por SOLCA, para la adquisición del medicamento Acetato de Abiraterona y medicamentos colaterales que no se encuentran en el Cuadro Nacional de Medicamentos Básicos, a favor del ciudadano afectado. Se indicó también que el ISSFA deberá cumplir con la obligación que le corresponde y cancelar los medicamentos requeridos y suministrados por SOLCA a fin de garantizar la continuidad del tratamiento.
De esta manera la Defensoría del Pueblo, colaboró en la protección de los derechos de Antonio L., quien padece de una enfermedad catastrófica y según la normativa tiene derecho a recibir atención integral de salud, lo que implica el suministro oportuno de todos los medicamentos prescritos por el médico tratante.