Un ciudadano acudió hasta las oficinas de la Coordinación General Defensorial Zonal 1, para denunciar la publicidad engañosa que recibió por parte de la empresa PUBLIEMPRENDE. Al parecer la empresa contactó al ciudadano para ofrecerle la entrega de revistas a domicilio, para ello debía cancelar un valor de USD 29.07, pero lo que recibió el peticionario fue los enlaces para acceder al material de manera digital, pese que el servicio ofrecía revistas físicas. Por tal motivo el ciudadano solicitó la anulación del contrato, pues fue víctima de una publicidad engañosa por parte de la empresa. Es así, que con la intervención de la Defensoría del Pueblo, se realizó la devolución de los valores entregados por parte del ciudadano a la empresa, y a su vez se exhortó a la misma a brindar información adecuada, veraz, clara oportuna, completa y no engañosa sobre el servicio ofertado.
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Una mujer de nacionalidad colombiana que terminó sus estudios en un colegio de Esmeraldas, solicitaba a la unidad educativa la entrega de su título universitario, pero luego de algún tiempo no le entregaban el documento.
La Delegación Provincial inició una investigación defensorial en busca de la entrega del título tutelando los derechos a la educación, al trabajo y al desarrollo de la ciudadana, ya que él mismo le serviría para continuar sus estudios universitarios.
Luego de la tramitación correspondiente, se logró tutelar los derechos de la ciudadana para que pueda continuar con sus estudios superiores, una vez accedió al documento que acredite su culminación de estudios secundarios.
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El presidente del GAD parroquial de Apuela y cinco moradores presentaron una petición ante la Delegación Provincial, debido a los problemas presentados en la calidad de suministro de energía eléctrica. Los moradores manifestaron que es necesario adquirir un transformador que provea de energía a todos los moradores, pues actualmente el nivel de energía eléctrica es muy bajo.
Luego de tomar contacto con los representantes de EMELNORTE, y realizar la audiencia respectiva, se informó que ya se cuenta con el presupuesto y la orden de trabajo para realizar las mejoras necesarias en dicho sector. Gracias a un trabajo en conjunto y coordinado, los moradores de Apuela van a contar con servicios públicos domiciliarios de calidad.
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Steven E. de nacionalidad colombiana solicitó la intervención de la Delegación, debido a que el trámite de actualización de su título de bachiller llevaba algún tiempo en el Distrito de Educación sin progreso alguno. Se realizó una visita a la entidad para solicitar que el trámite se agilite, además se pidió también la emisión de un certificado provisional a fin de que se pueda corroborar la culminación de estudios secundarios.
Luego de la intervención defensorial, funcionarios del Distrito de Educación, se dio trámite a la petición del ciudadano, y finalmente pudo acceder a su título de bachiller, lo que le permitiría acceder a una oportunidad laboral.
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Varios ciudadanos acudieron a la Delegación Provincial de Napo de la Defensoría del Pueblo para presentar una queja contra un almacén comercial por la venta de cocinas de inducción con engaños, aduciendo que son representantes de gobierno.
Los afectados al constatar el accionar del almacén comercial, los ciudadanos solicitan a la Defensoría la devolución de las cocinas.
Luego de dos audiencias fallidas el abogado del local comercial comparece y se logró suscribir siete actas transaccionales, para la respectiva devolución de las cocinas de inducción. Mediante esta acción se tuteló los derechos de las personas usuarias y consumidoras.
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Alex c. acude a la Coordinación Zonal 3 de la Defensoría del Pueblo para presentar una petición contra la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado por suspender el servicio sin notificación previa. El ciudadano reconoció que por cuestiones ajenas a su persona no ha podido cancelar el valor total de consumo y de la reconexión, pero que ha realizado un abono para que no suspendan el agua, pese a ello interrumpieron el servicio, comentándole que debía esperar un día para la reconexión.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo realizó una gestión oficiosa, logrando que la Empresa Municipal de Agua Potable restablezca el servicio de agua potable y así se tutele los derechos de consumidor del ciudadano.
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Una persona adulta mayor acude a las oficinas de la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo para presentar una denuncia contra el GAD Municipal del cantón Latacunga por cobrar el impuesto predial de forma retroactiva y sin aplicar el descuento respectivo por ser parte de un grupo de atención prioritaria.
La peticionaria indicó que está al día en el pago del impuesto predial rural como estaba registrada su vivienda, pero que ahora el Municipio ha catalogado el bien inmueble como urbano, subiendo así el costo del impuesto, por lo que le aseguraron deberá pagar la diferencia desde el 2010.
Por ello, la Defensoría del Pueblo realizó una investigación, a fin de que se rectifique la posición que mantenía el GAD Municipal de Latacunga, evitando el cobro retroactivo y solicitando se aplique el descuento correspondiente por tratarse de una persona adulta mayor. Asimismo, se logró que el Municipio entregue una nota de crédito en favor de la peticionaria, pues había pagado con exceso debido a que no le estaban aplicando el descuento establecido por ley para personas adultas mayores.
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A la Delegación Provincial de Chimborazo de la Defensoría del Pueblo se acercaron 39 personas docentes y funcionarias de la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (ESPOCH), quienes fueron separadas de sus cargos bajo la figura de contratos ocasionales por apoyar a una lista distinta a la del rector encargado en las elecciones internas de dicha entidad. En ese sentido, la Defensoría del Pueblo inició una investigación defensorial y una vez que se realizaron las elecciones, las nuevas autoridades aceptaron el pedido de la Delegación de Chimborazo para que las personas separadas sean reintegradas desde el mes de octubre, mediante resolución del 31 de agosto del 2016.
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En septiembre del 2013, la Delegación Provincial de Pastaza de la Defensoría del Pueblo atendió el caso de un ciudadano contra la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), por no tramitar su solicitud de convenio de pago de multas por infracciones de tránsito cometidas en el año 2012, pues la solicitud y los documentos de haber cancelado el 20% de las multas entregados a la ANT se extraviaron. En ese contexto, la Defensoría presentó un en la investigación defensorial recibiendo respuestas evasivas de parte de la ANT y por tanto, negándole al ciudadano la posibilidad de canjear la licencia y matricular su vehículo. Luego de las respectivas gestiones en 2014 se anularon las multas.
En 2015 las multas aparecen nuevamente en los registros del ciudadano, por lo que se procede a dar seguimiento al caso y verificar el cumplimiento de la Resolución Defensorial, convocando a reuniones de trabajo y compromisos de parte de la ANT provincial y nacional. Gracias a la intervención defensorial se archivó el expediente del ciudadano, por no registrar multas de tránsito.
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El Colectivo intercomunitario por la Defensa Ecológica del Río “Cider” y el Observatorio el agua del cantón Portoviejo, presentaron una denuncia en la Coordinación General Defensorial Zonal 4 por la presunta vulneración al derecho a la salud y al buen vivir por la peligrosa y permanente agresión contaminante que muchos ciudadanos han cometido y cometen contra el Río Portoviejo.
La queja que se presentó en contra del Gobierno Provincial de Manabí, SENAGUA, Ministerio del Ambiente, Gestión de Riesgo, Ministerio de Salud, Gobiernos Autónomos Descentralizados de los Cantones: Portoviejo, Santa Ana,24 de Mayo, Jipijapa, Montecristi, Manta, Jaramijó, Rocafuerte, Sucre, entre otras fue presentada ya hace algún tiempo atrás y al no tener ningún tipo de respuesta o resolución la Defensoría del Pueblo admite el caso a fin de investigar esta presunta contaminación y además la omisión en la que han incurrido muchas autoridades administrativas quienes no han asumido con seriedad y responsabilidad la defensa de los derechos humanos y de la naturaleza.
En este caso los derechos que se buscan tutelar son el derecho de la naturaleza y del medio ambiente, el derecho humano al agua, el derecho a vivir en un ambiente sano, el derecho de personas usuarias y el derecho de la naturaleza o pachamama a la existencia integral.
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El Consejo Cantonal de Protección de Derechos pone en conocimiento de esta Delegación que una persona adulta mayor fue abandonada por su familia viviendo en condiciones inhumanas.
DespuÉs de conocido el caso, se procedió a convocar a una reunión de trabajo con cada uno de los hijos de la señora, quienes se comprometieron a cuidar a su madre pero al ser personas de escasos recursos económicos, solicitaron la intervención de algunas instituciones como el MIES a fin de solventar algunas necesidades. En ese contexto, se procedió a coordinar con algunas instituciones como también Acción Social Municipal del cantón Guaranda entre otras la entrega de neceseres para la señora.
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Se conoció en esta Delegación el caso de una mujer adulta mayor con discapacidad que fue víctima de engaños por parte de empleados de Almacenes Japón que bajo presión psicológica lograron vender a la señora una cocina de inducción
Se ingresó la petición e inmediatamente se convocó a audiencia a las partes y se envió correos a los representantes de Almacenes Japón quienes hicieron las coordinaciones necesarias para dar de baja a la venta logrando así salvaguardar los derechos de consumidor y de las personas adultas mayores y de personas con discapacidad, parte del grupo de atención prioritaria que constantemente se encuentran en situación de vulnerabilidad y desventaja.
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Una ciudadana, madre de dos niños acudió hasta la Coordinación General Defensorial Zonal 6, para denunciar que debido a que uno de sus hijos ha sido víctima de acoso escolar por tener una enfermedad catastrófica (cáncer) solicitó el cambio de establecimiento educativo de su hijo. Lamentablemente el cambio se realizó a una escuela fuera de su distrito por falta de cupo, cuando la madre solicitó que el cambio se realice a la misma unidad educativa donde se encuentra su otro hijo.
Se realizó la gestión con representantes de la Coordinación Zonal de Educación, quienes al analizar el caso, decidieron ubicar al niño en la misma escuela de su hermano, no separando así a los hermanos y sobretodo respetando su derecho a acceder a una educación de calidad.
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Una mujer con discapacidad acudió hasta la Coordinación General Defensorial Zonal 7, para denunciar los hechos que están sucediendo en el lugar donde trabaja. Thaly M., denuncia que personal de Diario La Hora, lugar donde ella trabaja, le notificó el uso de sus vacaciones, sin haberle consultado a la ciudadana si era o no su deseo.
Durante la audiencia entre las partes se explicó que la ciudadana al tener también un hijo con discapacidad, debe utilizar los días de vacaciones que le corresponden de acuerdo a sus necesidades, más no por una imposición. En tal sentido, representantes del medio de comunicación suspendieron las vacaciones de Thaly M., hasta que el Ministerio de Trabajo determine lo más conveniente en el caso.
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Un ciudadano con discapacidad al acceder a transporte público se le solicitó por parte de la cooperativa de transportes Nambija que cancele el valor total del pasaje. El ciudadano manifestó que es una persona con discapacidad y que por ende debe cancelar el valor que corresponde. Tanto el conductor como la persona que lo asiste exigieron al ciudadano el pago total, ya que según los ciudadanos el descuento aplica únicamente para las personas que tengan más del 50% de discapacidad.
Es así como la Delegación Provincial, admite el caso, al ser una clara vulneración a los derechos de Marco L., pues no le permitieron acceder a un descuento que está estipulado en la Ley. Una vez se realizó la audiencia pública respectiva, el personal de la cooperativa de transporte, admitió el error cometido y pidió disculpas al ciudadano, a su vez que se comprometió en devolver el dinero.
Además la cooperativa de transporte Nambija, se comprometió en realizar talleres de capacitación para su personal a fin de ofrecer un servicio adecuado y sobre todo respetando los derechos de las personas.
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La Coordinación Zonal 8 de la Defensoría del Pueblo realizó una investigación defensorial, luego de que una ciudadana adulta mayor denunció que el Instituto de Fomento de Talento Humano, por intermedio del Juzgado de Coactivas, le retiene valores por concepto de jubilación por vejez, vulnerando sus derechos a la seguridad social y jurídica.
Al conocer este caso, la Defensoría del Pueblo se acercó al Instituto de Fomento de Talento Humano para explicar las razones del porque no pueden retener o embargar prestaciones en dinero del seguro social y así lograr que se levanten las medidas interpuestas por el Juzgado de Coactivas sobre las cuentas bancarias de la peticionaria.
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El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) remitió a la Coordinación Zonal 9 de la Defensoría del Pueblo un caso referente a una solicitud de información pública formulada a una corporación de carácter privado y que inicialmente fue denegada, argumentando que al ser ésta una institución privada su información también era privada.
Una vez que la Defensoría conoció el caso, por presumirse una vulneración al derecho de acceso a la información pública, se admitió el trámite y se realizaron investigaciones con el fin de determinar si la información era objeto de la queja era pública, pues de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a Información Pública, la información proveniente de organizaciones particulares se considera pública cuando éstas hayan suscrito convenios con organismos internacionales y siempre que la finalidad de su función sea pública.
En este caso la empresa privada había suscrito convenios con numerosos organismos internacionales, y así mismo, de conformidad con sus estatutos, su finalidad es social, es decir, no tiene fines de lucro; motivos por los cuales la información es considerada pública.
En base a este análisis se exhortó a las autoridades a entregar la información requerida, tutelando el derecho al acceso a la información pública de la persona peticionaria y creando un precedente en relación a la obligación de las instituciones a entregar información.